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¿Constitución abierta, Código cerrado?

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31 de diciembre de 2017, 6:29 AM
31 de diciembre de 2017, 6:29 AM

El 01/10/2017 escribí Constitución Abierta y decía, entre otras cosas: “Lo importante es la posibilidad que se abre ahora, con esa admisión de la Acción Abstracta de Inconstitucionalidad que implica que el órgano garante del cumplimiento de la Constitución se convierte en ‘revisor’, ‘adaptador’, ‘operador’ del poder que ahora detenta el Gobierno. El daño ya fue hecho, ya se aceptó lo inaceptable, lo demás es lo de menos. Se abrió la Constitución al Tribunal Constitucional, ellos determinan y abren el mecanismo operativo para una especie de piedra libre para todos los compañeros del proceso de reversión democrática.


Ahora estamos en la puesta en marcha de aquello. Es con el nuevo Código del Sistema Penal que se sanciona la mayoría de las profesiones y oficios llamados liberales.


Hay varios artículos observados, no tiene sentido tratarlos en este espacio y analizar su intencionalidad. De lo que se trata es de ver las consecuencias políticas de los mismos y de reiterar la advertencia de que se trata de poner en vigencia un instrumento penal que atemorice y mantenga a raya las actividades que el poder político no puede controlar. Choferes, transportistas, empresarios (como personas jurídicas) pueden estar en la mira del poder; si se controlan por la vía miedo, de la judicialización de la política o de la politización de la justicia, el poder será absoluto.


Me voy a referir, en un análisis político, solo a un tema del art. 205, el más resistido en las calles solo por los médicos, aunque también puede cargar contra cualquier persona o profesional que brinde servicios a otro y de cuya actividad pueda resultar algún daño. Resulta que la senadora Adriana Salvatierra dijo recién que ese artículo “no es vinculante con otras profesiones”; de no ser así,  ¿puede la senadora mostrarnos dónde y en qué parte de ese artículo se especifica que el mismo está dirigido exclusivamente a la práctica médica? 

El alcance de esto es mucho más profundo de lo que se ve a simple vista. La idea es que el código entre en vigencia a mediados de 2019, precisamente el año electoral, y ya sabemos que Morales seguirá con su intención de ser presidente de nuevo. Es un hecho fácilmente predecible que usar el Código y tener la Constitución abierta a meses de las elecciones de 2019 le puede dar ‘ventajas políticas’ al poder, ya que algunos de sus artículos pueden ser usados para dejar sin efecto o en suspenso derechos de peticionar, de asociarse, de reclamar y ¿por qué no? hasta de poner en marcha alianzas y asociaciones políticas, porque pueden ser ‘susceptibles’ (en la consideración del oficialismo) de atribuirse los derechos de otros ciudadanos. El TCP ya abrió la Constitución y, como dije en octubre, ellos determinan y abren el mecanismo operativo. 


Estamos ante un cuadro preocupante y se definen muchas cosas: para el Gobierno, el Código Penal es parte de la estrategia de la toma total del poder. El instrumento jurídico es el instrumento político; es o puede ser el mecanismo de ejecución del plan totalitario que pone en marcha el desesperado y, hasta puede decirse, ‘verdadero plan de cambio del MAS’. De la tentación totalitaria se puede pasar a la acción totalitaria. Tienen a las FFAA, a la Policía, a los poderes y órganos del Estado a su favor, qué les impediría hacer lo que esté a su alcance para llevar a cabo su ‘quedada’ en el Gobierno?


Desde mi punto de vista, el Código está ligado a lo político, su aplicación dependerá indubitablemente de la necesidad del poder. Consecuentemente, si no se defiende la democracia ahora, denunciando donde corresponde y manifestándose, pocas chances quedarán y ningún consuelo significará escribir: “Se los dije”.