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20 de abril de 2018, 4:00 AM
20 de abril de 2018, 4:00 AM

Tradicionalmente la justicia penal en Bolivia se ha concentrado en la idea del castigo, trasfondo que explica el ser uno de los países de la región con una de las más altas tasas penitenciarias que alcanzan en 2017 a 144  por 100.000 habitantes, sumando cerca de 15.000 privados de libertad en Bolivia, que viven en el más alto nivel de hacinamiento en Latinoamérica (más del 300%);  situación que hoy en día se cuestiona desde la victimología y la criminología, a partir del concepto de justicia restaurativa, que busca la armonía, el reencuentro y la recomposición del tejido social provocado por el delito y que, constituye una filosofía que invita a repensar el problema central del derecho penal: la relación delito–infractor.

La medida clásica en el marco de la tradicional política de justicia penal en nuestro medio, independientemente de la gravedad del hecho, es la privación de libertad, sea por hurto, robo agravado, incumplimiento de asistencia familiar, narcotráfico, homicidio, agresión o discriminación, privilegiando además la detención preventiva en desmedro de salidas alternativas a delitos menores que superen el dramático problema que provoca la sobrepoblación penitenciaria y el incremento de la reincidencia de un tercio de los reclusos puestos en libertad. 

La justicia restaurativa es una visión alternativa del sistema penal que, sin menoscabar el derecho del Estado en la persecución del delito, busca comprender el acto criminal en forma más amplia y, en lugar de defender el crimen como simple transgresión de leyes, reconoce que los infractores dañan a las víctimas, comunidades e incluso a ellos mismos. Por otro lado, involucra a todas las partes en respuesta al crimen, en lugar que los actores clave sean solamente el Estado y el infractor, incluye a las víctimas y a la comunidad. En pocas palabras, la justicia restaurativa valora en forma diferente el éxito frente al conflicto, en vez de medir cuánto castigo fue infligido, establece si los daños son reparados o prevenidos.

Se presenta como un modelo alternativo de la criminalidad, que sustituye la idea tradicional de retribución o castigo, por una visión que rescata la importancia que tiene para la sociedad la reconstrucción de las relaciones entre víctima y victimario. El centro de gravedad del derecho penal ya no constituiría 
el acto delictivo y el infractor, sino que involucraría una especial consideración a la víctima y el daño que le fue inferido.

Conforme a este modelo, la respuesta a la criminalidad debe diversificar las finalidades del sistema. Debe estar orientada a la satisfacción de los intereses de las victimas (reconocer su sufrimiento, repararle el daño inferido y restaurarla en su dignidad), al restablecimiento de la paz social y la reincorporación del infractor a la comunidad a fin de restablecer los lazos sociales quebrantados por el delito, replanteando el concepto de castigo retributivo que resulta insuficiente para el restablecimiento de la convivencia social pacífica.

El modelo de justicia restaurativa parte de la premisa de que el delito perjudica a las personas y las relaciones, y que el logro de la justicia demanda el mayor grado de subsanación posible del daño. Su enfoque es cooperativo en la medida que genera un espacio para que los sujetos involucrados en el conflicto se reúnan, compartan sus sentimientos, y elaboren un plan de reparación del daño causado que satisfaga interese y necesidades recíprocos.

Un elemento central para avanzar en el reconocimiento y la aplicación de la justicia restaurativa en Bolivia nace justamente a partir del precepto constitucional, que reconoce el concepto de pluralismo jurídico, el cual parte de la premisa central de que no existe un solo modo de entender el derecho y el de administrar justicia, es decir, que no solo el Estado tiene la capacidad de hacerlo, sino fundamentalmente la sociedad, razón por la que el pluralismo jurídico implica el reconocimiento expreso de que es la sociedad y no el Estado la fuente principal de legitimidad del derecho. 

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