En los años 2002, 2008, 2010, 2011 y este último de septiembre de 2018, son las veces que el galeno Róger R. Moreno ha enfrentado un proceso por algún hecho vinculado al ejercicio de su profesión

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8 de septiembre de 2018, 4:00 AM
8 de septiembre de 2018, 4:00 AM

En el registro judicial del Palacio de Justicia figuran cuatro procesos penales abiertos en distintas fechas contra el médico Róger Raúl Moreno Buchón, quien el 5 de septiembre extirpó un riñón sano en vez del enfermo al niño Sebastián Justiniano Poquiviquí (3) en el hospital Oncológico y ahora enfrenta su quinto proceso por el delito provisional de lesiones gravísimas denunciado de oficio por la Fiscalía.

Según los datos recabados por EL DEBER, los procesos son los siguientes: el 23 de abril de 2002 fue denunciado por el delito de homicidio culposo junto con otras dos personas. No hay mayores detalles de ese hecho.

El 6 de junio de 2008 fue denunciado por el delito de anticipación o prolongación de funciones y el caso radicó en el Juzgado Séptimo de Instrucción Cautelar. El 17 de marzo de 2010 fue denunciado por el delito de uso debido de influencias junto con otras 32 personas, en una causa iniciada por la Caja Nacional de Salud (CNS), donde el galeno sigue siendo funcionario.

El penúltimo caso judicial en su contra data del 10 de junio de 2011 por el delito de homicidio culposo a denuncia de Norma Porfidia Peña Morón, a raíz de la muerte de un niño de 12 años que tenía problemas intestinales, el cual fue operado por Moreno, quien olvidó dentro del estómago del paciente material quirúrgico, descuido que, al parecer, derivó en la muerte del menor.

Estuvo en la cárcel

El abogado Roberto Parada indicó que esa vez patrocinó a la familia del chico fallecido, se sentó la denuncia y una comisión de fiscales, entre ellos Adán Arteaga y Olvis Égüez, llevaron el caso.

“Cometió una mala praxis, dejando restos de gasas y algodón dentro del organismo del menor, que sufrio una infección y perdió la vida. Las pericias del Sedes y del Inases establecieron que el Dr. Moreno era responsable, que no había cumplido los protocolos médicos, producto de ello el juez Martín Camacho ordenó su detención preventiva en Palmasola. Han pasado seis años y otra vez cometió mala praxis a consecuencia de ser benevolente los del Sedes, que en ese momento lo protegieron. Gracias a Dios que ahora el gobernador ha instruido que le suspendan la matrícula”, manifestó Parada.

El juez Camacho corroboró la información señalando que en esa ocasión dispuso la detención preventiva de Moreno por los indicios suficientes que habían en su contra. “Luego, seguramente, se desvirtuaron los riesgos procesales, entendiendo que la figura del homicidio culposo contempla que el autor no tiene la intencionalidad de producir la muerte de alguien. Entonces hubo una cesación a la detencion preventiva. Creo que hubo un acuerdo, un desistimiento”, indicó el juez.

El jurista Parada aseguró que el mismo médico fue investigado por lesiones gravísimas tras dejar parapléjica a una adolescente de 15 años, de igual forma, a raíz de una operación.

Consultado sobre estos antecedentes del galeno, autoridades del Sedes y directivos del Colegio Médico indicaron desconocer el tema y prefirieron no emitir opinión hasta que salga la auditoría médica. “Si hay esas denuncias seguramente siguieron su curso en la justicia, sin encontrar culpa, porque el médico ha seguido trabajando en la CNS”, opinó Óscar Urenda, director departamental de Salud.

Fue citado por la Fiscalía

El cirujano en cuestión ha sido citado por la comisión de fiscales para declarar el lunes 10 de septiembre, a las 17:00.

El abogado defensor del médico, Abraham Quiroga, informó de que su defendido está dispuesto a asistir para contar su verdad.

El jurista dijo que el galeno no le ha dado detalles sobre lo que sucedió el día de la cirugía, pero lo que sí dejó en claro es que lo único que pretendía era dar asistencia médica al niño Sebastián. “Cuando ocurrió el inconveniente, el doctor Moreno lo primero que hizo fue hacer las gestiones para trasladarlo al hospital de niños porque allí hay terapia intensiva. Su intención siempre fue ayudar al niño”, remarcó.

Ayer, se presentó a declarar en la Felcc Ever Justiniano, padre de Sebastián. Estuvo asistido por su abogado Felipe Hurtado. “He dicho todo lo que sucedió”, indicó. Entre tanto, el pequeño recibió ayer su segunda hemodiálisis.

El Sedes está llevando adelante la respectiva auditoría médica al expediente clínico y paralelamente la auditoría de servicio al área quirúrgica para determinar las causas del error médico.

Dorian Jiménez, coordinador de hospitales en redes urbanas, dijo que se está programando una junta médica con especialistas de La Paz y Cochabamba en coordinación con el Ministerio de Salud, para este martes 11. De igual forma, se ha tomado contacto con médicos de Estados Unidos que realizan intervenciones quirúrgicas en Santa Cruz.

Ayer Susana Vaca, concejal de San José de Chiquitos, anunció en rueda de prensa junto con la familia de Sebastián, que el Gobierno les construirá una vivienda social en su municipio.

La denuncia de la Fiscalía

Anotó el delito de lesiones gravísimas (Art. 270 del Código Penal), que dice: se sancionará con privación de libertad de 5 a 12 años, a quien de cualquier modo ocasione a otra persona, una lesión de la cual resulte alguna de las siguientes consecuencias: Enfermedad o discapacidad síquica, intelectual, física, sensorial o múltiple. Debilitación permanente de la salud o la pérdida total o parcial de un sentido, de un miembro, de un órgano o de una función.
Marca indeleble o deformación permanente en cualquier parte del cuerpo. Peligro inminente de perder la vida. Cuando la víctima sea niña, niño, adolescente o persona adulta mayor la pena será agravada en dos tercios.

Delito culposo

El artículo 274 del Código Penal que previene la figura penal de lesiones culposas normalmente se adecua al tipo penal cometido por el médico Róger Moreno. El apartado señala: “El que culposamente causare a otro alguna de las lesiones previstas en este capítulo (entre ellas lesiones gravísimas y lesiones graves y leves) será sancionado con multa hasta de 240 días o prestación de trabajo hasta 1 año. Si la víctima del delito resultare ser niña, niño, adolescente o persona adulta mayor se aplica pena privativa de libertad de 2 a 4 años”. La mala praxis puede ser agravada por grave violacion culpable de los deberes inherentes a una profesión de uno a cinco años.