Una joven le clavó un gancho a un perro en un acto que fue reprochado en las redes sociales. La mujer usaba el artefacto dentro de su puesto de venta de carne en un mercado 

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20 de agosto de 2019, 11:35 AM
20 de agosto de 2019, 11:35 AM

Dos mujeres fueron aprehendidas ayer (lunes) por la Policía luego de que se viralizara un video en el que se ve, a una de ellas, clavar un gancho en el cuerpo de un perro que deambulaba por los pasillos del mercado 1 de Marzo, en la Virgen de Luján. Se les abrió un proceso por biocidio.

El caso adquirió notoriedad en las redes sociales y los medios de comunicación mostraban las imágenes una y otra vez. Se desconoce si el can perdió la vida, pero lo que sí es seguro, es que quedó gravemente herido pues se desangraba producto de la fuerte agresión realizada por la mujer que tiene su puesto de venta de carne en dicho centro de abasto.

Este caso trae a la mente otros más que se sucitaron en el departamento de Santa Cruz y que incluso, motivaron un fuerte despliegue policial para dar con los autores de quienes cegaron la vida de algunos animales.

Uno de los más recordados es que el se dio en el mes de abril de este año, cuando vecinos de la urbanización Palma Verde, denunciaron que una secta sacrificaba chivos, gallinas y otros animales en ritos que calificaron como 'satánicos', algo que los involucrados justificaron como una práctica antigua de raíces africanas denominado quimbanda (que significa 'aquél que se comunica con el más allá').

Esa vez, la Policía arrestó a 12 personas que fueron puestos ante un juez pero ninguno quedó privado de libertad.

Otro caso es el de Antonia Apaza Quispe, una mujer de 62 años de edad, que sí fue enviada preventivamente al penal de Palmasola por haber matado al perro de su vecina en la casa donde ella alquilaba. El hecho ocurrió el 1 de marzo en el barrio Roca y Coronado.

Sobre esta determinación incluso hubo un pronunciamiento del ministro de Justicia, Héctor Arce que catalogó la decisión de la jueza como un extremo irracional que se debe evitar.

Qué es lo que dice el artículo 350 del Código Penal sobre las sanciones por este delito:

I. Se sancionará con privación de libertad de dos (2) años a cinco (5) años y multa de treinta (30) a ciento ochenta (180) días, a quien matare con ensañamiento o con motivos fútiles a un animal.

II. La sanción será agravada en un tercio de la pena máxima, si se matare a más de un animal.” 

Cabe resaltar que dentro de la Ley para la Defensa de los Animales Contra Actos de Crueldad y Maltrato se exceptúan de la aplicación de la presente Ley, el "uso de los animales en los actos ejercidos en la medicina tradicional, y ritos que se rigen conforme a su cultura y tradiciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, debiendo realizarse evitando el sufrimiento innecesario y agonía prolongada".