Opinión

Política salarial inequitativa

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23 de julio de 2018, 6:52 AM
23 de julio de 2018, 6:52 AM

Durante los últimos años, los aumentos salariales en Bolivia se han caracterizado por una evidente asimetría normativa, expresada en los decretos que se promulgan cada año, alrededor del 1 de mayo.  Estas normas definen los niveles de aumentos para el sector público y privado, sobre la base de un porcentaje que incluye el índice de inflación además de una cifra adicional que se determina en negociaciones políticas entre el Gobierno y Central Obrera Boliviana, de las que el sector empleador es excluido.

En el caso de los privados, los decretos fijan incrementos a ser acordados entre empleadores y trabajadores, “sobre” una base determinada (5,5% en 2018). En contraste, para la mayoría de las entidades del Estado, autorizan aumentos “hasta” ese porcentaje, en función de sus posibilidades financieras. Incluso, permiten que las entidades públicas puedan inhibirse de aumentar salarios, si no cuentan con los recursos necesarios para ello, lo que ha ocurrido con muchas alcaldías y gobernaciones.

El caso de las empresas del Estado es aún más gráfico, ya que los decretos anuales definen que estas deben demostrar sostenibilidad financiera en su flujo de caja proyectado, al menos para tres años y haber generado utilidades en la gestión anterior, a la aplicación del incremento. Es decir que el Gobierno les exige requisitos previos, antes de autorizarles incrementos salariales, priorizando criterios de eficiencia, productividad y sostenibilidad, por encima de los acuerdos con los representantes laborales.

En consecuencia, lo que la normativa denota es la cautela en cuanto a los efectos que puede tener la decisión en las empresas públicas y, la falta de la misma en las privadas, ya que en este caso no toma en cuenta la productividad del trabajo y prevalece una lógica homogénea aplicada a un contexto laboral y productivo heterogéneo.

Pero la inequidad se amplifica, debido a los plazos para que las empresas privadas presenten al Ministerio de Trabajo los respectivos convenios con los trabajadores. Puesto que, en el caso privado, se define un piso de negociación y, además un plazo cuyo vencimiento genera una sanción por no presentar los acuerdos salariales, el proceso de negociación se torna desequilibrado en contra de los empleadores, en la medida que dicho plazo se agota. 

Esta política inequitativa, que imponen una cifra rígida para unos y flexible para otros, no solo resulta ilegítima sino que además es discriminatoria porque protege los intereses de estabilidad y crecimiento de una empresa pública y, al mismo tiempo, afecta los de las empresas privadas, en algunos casos de manera tan lapidaria que les impide el crecimiento, anula su capacidad de inversión y desalienta la contratación de nuevo personal.

Aquí el argumento de que las empresas públicas deben tener un trato preferente porque de sus utilidades aportan a los bonos sociales, es parcial e insostenible, si consideramos que de los privados depende el 70% del empleo en Bolivia y sus impuestos contribuyen al sostenimiento de las entidades públicas, entre ellas las mismas empresas estatales que se crean con recursos que provienen del erario nacional.

La inequidad con que se está aplicando los aumentos salariales evidencia una de las fisuras más graves del actual modelo económico que, en este ámbito, se sustenta en una visión contradictoria y opuesta entre el sector público y el privado, al que busca presionar de manera irracional, afectando principalmente las unidades empresariales más vulnerables y generando como resultado un menor empleo protegido y mayor informalidad con menos oportunidades, especialmente para jóvenes y mujeres.  El agravante es que, además de ser inequitativa, está vulnerando acuerdos internacionales como el Convenio 131 de la OIT.

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