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18 de noviembre de 2018, 4:00 AM
18 de noviembre de 2018, 4:00 AM

Esta campaña electoral promete introducir el federalismo como un elemento central del debate político y conocer a los candidatos que están con el centralismo presidencialista desde 1825, y aquellos otros que buscan una forma de Estado lejos del que hemos tenido a lo largo de nuestra historia republicana.

La Constitución de los Estados Unidos de 1787 fue la primera en crear el Estado federal, que luego se extrapoló a otros continentes. El origen del federalismo se remonta a las 13 colonias inglesas unidas por conveniencia y móviles económicos, políticos y religiosos. Y como buscaban un sistema que las uniese frente a Inglaterra, crearon la confederación sacrificando algunas prerrogativas a favor del conjunto, y un ente de rango superior.

El federalismo fue hecho para unir lo que estaba desunido y no para desunir lo que estaba unido. El Estado federal se ha presentado como solución ideal al problema del reparto del poder político, en igualdad de condiciones, entre el Estado central y las otras entidades políticas. Todo esto significa que cada Estado miembro dispone de un orden constitucional propio, lo cual corresponde a todo un sistema estatal (autonomía de la administración, de la justicia y de la legislación).

Esta forma de Estado reconoce la existencia de fuerzas distintas del poder central que tienen su propia sustantividad, que reclaman un campo de acción jurídico-política traducido, entre otras cosas, en la posibilidad de crear su propia normativa jurídica. Esta configuración impone una ordenación peculiar de las fuentes del Derecho en tanto otorga a los entes federados un espacio constitucionalmente garantizado, con mayor o menor amplitud, de autonomía normativa diferente al de la federación.

Se conocen dos vías para conformar un Estado federal: a) la primera consiste en la transformación de un Estado unitario en federal; y b) la segunda tiene lugar cuando se reúnen varios estados, originando un nuevo Estado federal. El federalismo supone la integración social de elementos unificadores y de elementos independizadores. En suma, constituye una síntesis de unitarismo y federalismo y, aunque parezca paradójico, el unitarismo puede garantizar la consolidación federal y el federalismo sirve, a veces, para establecer una unión entre elementos centrífugos o dispersos.

Este orden se transforma en otro federal, con dos rasgos propios: duplicidad orgánica y participación de las unidades componentes en el todo federal. La duplicidad orgánica sirve para establecer el superior grado de integración de las comunidades componentes, puesto que establece órganos comunes cuya actuación crea un tipo de convivencia política. Los Estados miembros poseen también tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Se garantiza la supremacía de la Constitución, de las leyes federales y de las autoridades federales. A los Estados miembros se les garantiza la integridad territorial, su existencia, así como la forma republicana de gobierno.

El principio de dualidad orgánica implica la distribución de competencias entre los dos sistemas de órganos. Sin embargo, la dualidad de autoridades, la coexistencia de ordenamientos jurídicos, de legislaciones diversas, que concurren en todo Estado federal, genera conflictos competenciales y políticos. La cuestión de la anulación de las leyes federales y el principio de control constitucional de las leyes son aspectos fundamentales cuyo planteamiento configuraron a la Unión americana en el siglo XIX.

La división territorial del Estado es decisiva para que se pueda hablar de federalismo. Los sistemas políticos federales se distinguen de los centrales no tanto por la diferenciación vertical, común a ambos, sino por el grado y el tipo de autonomía de las unidades locales, así como por la forma de su interdependencia. La originalidad y lo valioso del federalismo consiste en que no se busca una centralización del poder

Otro elemento característico y esencial del pacto federal, que debe estar presente desde el principio, es la igualdad de los Estados que se reúnen para formar la nueva federación. Esta igualdad debe prevalecer entre los Estados miembros, así como en sus relaciones con el ámbito federal. Un pacto federal solo puede ser firmado entre iguales en derecho, libres y soberanos hasta ese momento, y bajo condiciones de igualdad. La superficie territorial, el idioma, el tamaño de la población, la cultura, etcétera, no son criterios para el contrato, aun cuando no pueden ser sencillamente ignorados.

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