Opinión

BRT sin ley de movilidad urbana

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19 de mayo de 2019, 4:00 AM
19 de mayo de 2019, 4:00 AM

Fiel a su tradición “hacedora”, más que planificadora, la gestión municipal ha comenzado a raspar el primer anillo en el marco de lo que llama su “plan de movilidad urbana”, dejando a la gente perpleja, pues esas bizarras acciones, realizadas en pleno centro, se presentan como un salto histórico del transporte público cuando, para todos, el problema del transporte público es sobre todo el transporte de enormes masas de población de las periferias al centro.

Pero vamos por partes: Lo que está aprobado por ley 1108, del 12 de abril de 2019, es una norma general sobre la movilidad urbana en Santa Cruz, genérica, sin grandes definiciones y con temas que interesaron solo a los micreros, celosos defensores de sus conquistas. Lo importante es que esa ley, que se presenta como la última palabra y que aprueba todo, en su art. 14, II dice textualmente: “El Gobierno municipal… través de la autoridad competente deberá elaborar e implementar el Plan de Movilidad Urbana Sostenible y Segura PMUSS”

Queda pues claro que la ley 1108 no aprueba ningún plan de movilidad urbana ni menciona al BRT, simplemente le encarga al Ejecutivo que lo elabore. Es de suponer que, una vez elaborado, ese plan debe ir al Concejo Municipal para su aprobación, cosa que, desde el 12 de abril del presente año, cuando se instruye su elaboración, no ha sucedido. Entonces no hay un plan de movilidad urbana aprobado.

Pero hay más: es en el marco de ese Plan de Movilidad Urbana que se debe elaborar un plan más específico, que es el Plan de Transporte Público.

Si no hay Plan de Movilidad Urbana aprobado, ¿cómo puede haber un Plan de Transporte Público, que es su consecuencia? Y ¿cuál es la ley municipal que aprueba el plan de transporte público, elaborado en el marco del plan de movilidad urbana? Y si esa ley existe, es una ley que “puso los bueyes delante del carretón…”.

Y ahora vayamos al BRT. Este es uno de los proyectos del plan de transporte público, es el nivel más concreto de planificación, que se encara cuando ya se ha definido y aprobado todos los pasos mencionados. A ese nivel de proyectos debe haber otros, como ciclovías, veredas, seguridad ciudadana, etc., de los que no se habla.

Pero aún en este último peldaño, que es el BRT, hay etapas que se debe cumplir y la primera es un sistema conformado por dos ejes troncales, uno norte-centro y otro centro-sur, conectados por un anillo, que es el primer anillo. Es obvio que lo importante de esta etapa no es el anillo que los conecta sino los ejes troncales que traen gente de las zonas alejadas. Sin embargo, el Gobierno Municipal prioriza un conector que por un buen tiempo no conectará nada.

Entonces la secuencia es: 1. Plan de movilidad urbana; 2. Plan de transporte público; 3. BRT por etapas; 4. Primera etapa del BRT (ejes troncales NS mas primer anillo).

La única explicación para entender por qué se saltan así los pasos de la planificación, es la recomendación dada al Gobierno Municipal por una consultora, que recuerda el “objetivo electoral” del proyecto. Una vez más, son los intereses políticos y no los ciudadanos los que dictan la agenda y las prioridades.

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