La Corte Interamericana de DDHH rechazó la solicitud de medidas provisionales pedidas contra el Estado. Lenín Moreno dice que se respetó la voluntad popular

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9 de febrero de 2018, 4:00 AM
9 de febrero de 2018, 4:00 AM

El presidente de Ecuador, Lenín Moreno, consideró ayer un triunfo de la democracia, la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) de rechazar la solicitud de medidas provisionales pedidas contra el Estado de Ecuador por una pregunta del referendo popular del pasado domingo.


“En buena hora, vamos adelante con nuestra democracia”, manifestó ayer el dirigente ecuatoriano en un vídeo, poco después de conocerse la decisión.


Destacó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos “ha decidido respetar la voluntad popular” y que “los argumentos presentados por parte de Ecuador han sido recibidos de manera positiva”.


Una delegación, encabezada por la canciller ecuatoriana, María Fernanda Espinosa, se desplazó a Costa Rica, sede de la CorteIDH, para defender la legalidad de la consulta popular.


Al conocerse la decisión de descartar las medidas cautelares, la canciller escribió en Twitter: “Después de tanto trabajo desde el Gobierno y la Procuraduría, tengo la satisfacción de recibir en Costa Rica la resolución de la CorteIDH que rechaza “de plano” la solicitud de medidas provisionales contra el referéndum”.


Por cuatro votos a favor y dos en contra, la Corte rechazó los argumentos para la adopción de medidas provisionales al Estado ecuatoriano que impidieran la aplicación de la tercera pregunta del referendo, aprobada por el electorado, y que propone una reestructuración del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs).


La resolución de la Corte ocurrió antes de que se celebrara la reunión con la legación del Gobierno ecuatoriano.


“El Tribunal constata que debido al hecho que la referida consulta popular se llevó a cabo el día 4 de febrero de 2018, el petitorio de los propuestos beneficiarios el cual se relacionaba con la posibilidad de suspender los comicios quedó sin objeto”, menciona.


Agrega que la petición para que el Estado se abstenga de implementar la tercera pregunta del referendo “implica un prejuzgamiento sobre la convencionalidad del procedimiento surtido para llevar a cabo el referendo constitucional” y que ello “no es propio de una medida provisional”.