El expresidente renunció a la candidatura del PDC argumentando fisuras con la dirigencia de este partido. El TSE basó su determinación en la Ley de Organizaciones Políticas

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12 de julio de 2019, 7:38 AM
12 de julio de 2019, 7:38 AM

En aplicación de la ley de Organizaciones Políticas la sala plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) rechazó la renuncia del candidato presidencial, Jaime Paz Zamora, así lo confirmó anoche la presidenta del ente electoral, María Eugenia Choque.

"Sí, se ha rechazado la renuncia en aplicación de lo que es todo el proceso de las primarias", dijo la autoridad en un breve contacto con EL DEBER.

El 13 de junio, en conferencia de prensa, el expresidente había hecho conocer su decisión de alejarse de la candidatura por supuestos desencuentros con la dirigencia del Partido Demócrata Cristiano (PDC) y observó la falta de apertura para renovar cuadros e invitar candidatos.

Ayer, la dirigencia de este partido realizó una vigilia de dos horas en ambientes del ente electoral y el portavoz, Luis Ayillón recordó que desde el 14 de junio, un día después de la renuncia, ellos pidieron una decisión a los vocales.

La presidenta del TSE adelantó anoche que harán conocer el fallo a los delegados del partido. Aunque luego se conoció que esta renuncia no fue aceptada.

La ley de organizaciones políticas establece que, "los resultados de la elección de candidaturas del Binomio presidencial serán vinculantes y de cumplimiento obligatorio para los partidos políticos o alianzas y para las elecciones generales.

Luego añade que las únicas causales que pueden revertir el carácter vinculante de estos resultados son, la muerte o una enfermedad gravísima sobreviniente debidamente probada de alguna o alguno de los miembros del Binomio elegido".

Para los dirigentes del PDC existe una fisura legal, porque el proceso que vive el país es electoral y por tanto rige la Ley de Régimen Electoral, que sí permite el reemplazo de los candidatos. En cambio la Ley de Organizaciones Políticas rige para los partidos y no para procesos electorales.