El Concejo aprobó la Ley Ley de Prevención y Protección de la Integridad Sexual de las Niñas, Niños y Adolescentes

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25 de abril de 2018, 8:28 AM
25 de abril de 2018, 8:28 AM

En La Paz ya son prohibidos los concursos de belleza para niñas, niños y adolescentes. El Concejo de ese muncipio aprobó por unanimidad la Ley de Prevención y Protección de la Integridad Sexual de las Niñas, Niños y Adolescentes, que veta de manera definitiva este tipo de actividad que proliferan en varias ciudades del país. La norma incluso alcanza a las entradas folclóricas.

“Estamos todos muy preocupados por el aumento de los hechos de violencia contra niñas, niños y adolescentes, incluyendo las supuestas agresiones sexuales, y creemos que es el momento de ir a las causas de este incremento de los hechos de violencia y una de las causas es sin duda alguna la hipersexualización o la erotización prematura, precoz de las niñas, niños y adolescentes”, afirmó Pedro Susz, presidente del Concejo Municipal y promotor de la norma.

La norma también prohíbe los desfiles y/o concursos de modelaje que expongan su imagen hipersexualizada o causen daño o pongan en riesgo su integridad sexual.

“Esta es una forma de violencia psicológica, emocional contra las niñas, niños y adolescentes obligados o inducidos a adoptar actitudes, poses, vestimentas, maquillajes, peinados, que no corresponden a su edad y que hacen que se vuelvan una imitación de las actitudes de los adultos, en los desfiles de moda y en algunos casos también en las entradas folclóricas”, declaró a Erbol.

La norma tiene 16 artículos, 2 disposiciones adicionales y 2 disposiciones finales. El artículo 9 de la ley dispone que “Se prohíbe cualquier tipo de publicidad y/o propaganda urbana que exponga o utilice la imagen hipersexualizada de niñas, niños y adolescentes.

Capacitación

Dispone que el ejecutivo edil promueva capacitaciones tanto a servidores públicos como a animadores de fiestas de cumpleaños infantiles además de la asignación de recursos anuales en el marco de la disponibilidad presupuestaria para fortalecer la continuidad de los programas, proyectos y funciones municipales de prevención, protección y atención integral de niñas, niños y adolescentes.

Susz remarcó que no solo hay prohibiciones, hay disposiciones que determinan que se hagan capacitaciones a los servidores públicos municipales para la detección de estos casos de hipersexualización.

Autorización municipal

La norma establece que todo espectáculo en espacios públicos y privados, entradas folclóricas, actividad económica y/o con cualquier otro fin, de carácter permanente, temporal o momentáneo, con o sin fines de lucro en el que sean protagonistas niñas, niños y adolescentes, deberá contar con la autorización de la subalcaldía del macrodistrito que corresponda.

“No se autorizarán cuando se identifique la existencia de indicios de posible sexualización precoz o hipersexualización o cualquier otro tipo de conducta que vulnere la integridad sexual de niñas, niños y adolescentes”, “en caso de llevarse a cabo el evento sin autorización se procederá a la clausura del establecimiento o asumirá las acciones que corresponda”, señala la norma. (Información del Concejo paceño)

Una vez la norma sea promulgada por el Alcalde, el ejecutivo municipal tendrá un plazo de 30 días para la elaboración del respectivo reglamento donde se establecerán de manera precisa las sanciones y otro tipo de acciones inherentes a esta Ley.