El Estado tiene que explicar cómo interpretó el artículo 23 de la Convención el que fue base para el fallo del TCP, la oposición cree que se hizo una lectura incorrecta de la disposición

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24 de noviembre de 2018, 17:17 PM
24 de noviembre de 2018, 17:17 PM

El canciller Diego Pary manifestó que el Gobierno boliviano asistirá a la audiencia pública de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), donde presentará el informe sobre la sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional referida a la repostulación indefinida.

"Sobre la decisión del Tribunal Constitucional respecto al tema de la reelección presidencial, Bolivia asistirá como siempre lo hizo en las audiencias públicas de la CIDH y presentará el informe que corresponde", declaró Pary.

Reiteró que al tratarse de una sesión informativa, los comisionados miembros de la CIDH no emitirán conclusiones ni recomendaciones para el Estado boliviano, toda vez que solo conocerán la denuncia vinculada a la interpretación del artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recibirá el 5 de diciembre en audiencia a la Fundación Observatorio de Derechos Humanos y Justicia (FODHJ) y a la Fundación de los Derechos Humanos (HRF) contra el Estado boliviano, para tratar la reelección en la sentencia del Tribunal Constitucional 084/20187 y la Convención Americana de Derechos Humanos.

La CIDH ha publicado el calendario de audiencias públicas del 170 Periodo de sesiones que se realizará en la sede del organismo en Washington del 1 al 7 de diciembre de 2018. En el caso de Bolivia, a las dos fundaciones se les fijó para el 5 de diciembre de 14.30 a 15.30, durante una hora se expondrá el polémico tema de la reelección sin límites de las autoridades electas en el país.

En Bolivia, el Tribunal Constitucional Plurinacional el año pasado ha fallado a favor de la reelección sin límites de las autoridades electas, su sentencia se basa en la aplicación preferente -precisamente-  del artículo 23 de la Convención.

Sin embargo organizaciones de la sociedad civil y partidarias sostienen que la interpretación no ha sido correcta, porque el Pacto de San José de Costa Rica no vela por los derechos de autoridades que detentan el poder, sino por los derechos de los ciudadanos.

Por el fallo del TCP, el presidente Evo Morales y el vicepresidente, Álvaro García Linera pueden participar de las elecciones nacionales de 2019, siendo ésta su cuarta repostulación; pese a que un referéndum del 21 de febrero de 2016 rechazó que vuelvan a ser candidatos.

Además de estas dos fundaciones, la oposición también ha recurrido a la CIDH para que solicite a la Corte Interamericana de Derechos Humanos una "opinión consultiva" sobre el artículo 23 del Pacto de San José de Costa Rica.