Los emprendimientos públicos no están obligados a aplicar el alza salarial. En el caso de los privados, todos deben erogar el aumento salarial aprobado el Día del Trabajador

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3 de mayo de 2018, 9:22 AM
3 de mayo de 2018, 9:22 AM

El ministro de Trabajo, Héctor Hinojosa, afirmó que el incremento salarial en el caso de empresas públicas no es obligatorio y dependerá de un estudio detallado sobre las utilidades generadas durante la pasada gestión; en el caso de los privados, el alza es ineludible. 

La autoridad, en entrevista con radio Panamericana, explicó que "la norma del pasado año dice que las empresas estratégicas deben dar el incremento salarial siempre haciendo un análisis de su disponibilidad y rentabilidad y de acuerdo a ello se plantea el incremento salarial". 

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Antes confirmó que en el caso del ámbito particular tampoco es obligatorio el pago en el caso de los cargos jerárquicos, como presidentes, vicepresidentes, miembros de directorios, gerentes, subgerentes, directores generales, directores, subdirectores ejecutivos o de cargos de igual jerarquía. 

Hinojosa señaló que en el caso de los emprendimientos económicos del Estado el estudio será "pormenorizado en cada empresa y a través del decreto que aprobamos (el primero de mayo)", cuya reglamentación se conocerá en esta jornada.

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Durante el Día del Trabajador, en Oruro, el presidente Evo Morales oficializó el alza de un 5,5 por ciento al haber básico y un 3 por ciento al mínimo nacional, ratificando además la expectativa sobre el pago del segundo aguinaldo a finales de gestión.

En el decreto aprobado esa jornada, se establece además que las entidades territoriales autónomas y sus instituciones desconcentradas y descentralizadas podrán fijar el incremento salarial de acuerdo con su disponibilidad y sostenibilidad financiera. Hasta el 30 de mayo debe erogarse el retroactivo a enero del aumento de los ingresos.