Quieren que el fallo sobre la repostulación vuelva al vicio más antiguo, es decir, al momento de la presentación de la acción

El Deber logo
7 de febrero de 2018, 6:00 AM
7 de febrero de 2018, 6:00 AM

El Tribunal Constitucional Plurinacional se mantendrá al margen de la polémica que se ha abierto por la fecha de un fallo a favor de Samuel Doria Medina que cita como antecedente la sentencia de repostulación de Evo Morales, pese a estar fechado dos meses antes de que la sentencia 084/2017 haya sido emitida. En conversaciones con EL DEBER, uno de los tribunos aseguró que se ha definido como cuerpo que no se referirán al asunto hasta ser formalmente consultados. El tribuno pidió no ser nombrado para no quedar inhabilitado para tratar este caso. 


El último domingo, EL DEBER publicó las sentencias constitucionales 996/2017 y la 084/2017. La primera, fechada el 25 de septiembre, exonera a Samuel Doria Medina del caso Focas, reconociéndole su derecho a la prescripción de la acción penal. La segunda, fechada el 28 de noviembre, autoriza al presidente Evo Morales y a otras autoridades a presentarse a la reelección sin restricciones. El problema surgió cuando la segunda sentencia es citada en la argumentación de la primera, pese a ser dos meses más ‘joven’.


Según consultas a abogados chuquisaqueños, durante el año pasado se vieron sorprendidos por notificaciones de fallos del TCP con fecha atrasada, en algunos casos hasta seis meses. Ellos suponían que era una artimaña para disfrazar la retardación de justicia.


Al vicio más antiguo
Esto ha llevado a abogados como Carlos Alarcón, exministro de Carlos Mesa, a asegurar que la cita implica fraude procesal. En contacto telefónico, Alarcón explicó que mañana jueves presentará en Sucre una acción ante el Tribunal Constitucional para que declare fraude procesal en el fallo de la repostulación de Morales. 


Eso llevaría, en primera instancia, a devolver la acción de inconstitucionalidad hasta el vicio más antiguo, es decir, todo lo que pasó antes del 25 de septiembre. Eso significaría que el TCP debería analizar si readmite la acción para permitir la reelección de Evo. Alarcón pedirá que no lo haga y en su memorial explicará -otra vez- que el único que puede cambiar la Constitución es el pueblo a través de un referendo. De no ser escuchado -otra vez-, Alarcón pedirá que el TCP trate la acción abstracta presentada por la bancada del MAS a través de la figura de amicus cuirae (amigo del tribunal), una figura jurídica en la que  la corte invita a otra con mayor experiencia a analizar juntos el caso. En esta acción, Alarcón sugiere que sea la Corte Interamericana de Derechos Humanos la invitada.