David Tezanos sostiene que con esta medida de protesta los galenos atentan contra la salud de la población. El juez que falló en contra de los paros médicos  cree que su decisión no limita ni restringe el derecho a la huelga

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11 de enero de 2019, 19:20 PM
11 de enero de 2019, 19:20 PM

El Defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, celebró este viernes la decisión judicial que declaró procedente el recurso de acción popular presentado en contra de los paros de médicos.

"Es histórico que la justicia boliviana pondere que los médicos no pueden hacer huelga porque ello es una violación directa y mortal al derecho a la salud, ligado a la vida", dijo Tezanos Pinto.

Asimismo, remarcó que la Organización Internacional del Trabajo estableció desde 1996 que el derecho a la huelga no puede estar por encima de derechos esenciales como la salubridad pública.

En ese sentido, consideró que el juez Celso Villalobos, al declarar la procedencia de la acción popular, ponderó que era evidente la amenaza a la continuidad de los servicios de salud pública.

Pues existían "hechos notorios, que fueron denotados por publicaciones de prensa, en los que representantes del sector médico, amenazaban con paro de 72 horas y paro indefinido en caso de que no se cumpla su pliego petitorio. De igual modo (en la determinación judicial) se consideró que la salud debe ser garantizada por todos los niveles del Estado (y no parar)", remarcó.

Es así que en base a la decisión judicial, el Gobierno nacional, las administraciones departamentales y municipales, también deben garantizar el "acceso continuo" a los servicios de salud e iniciar procesos contra los médicos que interrumpan con paros.

El recurso fue presentado por David Ticona, secretario general del Sindicato de Trabajadores de la Prensa (Sintrapen) de El Alto, y a quien el presidente del Colegio Médico de La Paz, Luis Larrea, identificó como un exfuncionario del canal estatal y afín al Gobierno.

El 2017, Tezanos presentó otro recurso de acción popular luego de que los galenos iniciaron una huelga indefinida. La justicia también le concedió la tutela e instruyó que no se debe parar la atención médica, aunque los galenos siguieron con sus protestas en diferentes circunstancias y por diversos motivos.

El juez Villalobos aclaró que su decisión no limita ni restringe el derecho a la huelga y que solo busca asegurar que no se vulnere el derecho a la salud.

El Sindicato de Ramas Médicas de Salud Pública (Sirmes) de La Paz manifestó, mediante un comunicado, que con la acción popular presentada por un afín al Gobierno se pretende "coartar el derecho a la huelga", reconocido por los tratados internacionales.

El artículo 53 de la Constitución Política del Estado (CPE) "garantiza el derecho a la huelga como el ejercicio de la facultad legal de las trabajadoras y los trabajadores de suspender labores para la defensa de sus derechos, de acuerdo con la ley".