Admitieron la acción de cumplimiento de los resultados del referéndum del 21 de febrero de 2016. Se estima que en dos o tres semanas se pronuncie el Tribunal

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5 de diciembre de 2019, 3:00 AM
5 de diciembre de 2019, 3:00 AM

William Zolá

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) informó ayer que admitió la petición de nulidad de la sentencia Constitucional 084/2017, que avala la reelección indefinida de autoridades electas y que posibilitó la habilitación de Evo Morales y Álvaro García Linera.

Los magistrados admitieron la acción de cumplimiento de los resultados del referéndum del 21 de febrero de 2016, y la resolución estará en dos o tres semanas.

El ex líder cívico cruceño Luis Fernando Camacho, el 26 de noviembre, presentó un memorial solicitando al TCP pronunciarse sobre la acción de cumplimiento presentada en febrero de este año por la activista María del Carmen Morales de Prado, exigiendo el cumplimiento de los resultados del referéndum, donde se impuso el No a la repostulación presidencial.

El TCP hizo conocer ayer del sorteo de la acción para que una de las salas tramite el proyecto de sentencia y su presidente Paul Franco, abrió la posibilidad de modular el fallo constitucional que habilitó a Evo Morales atendiendo a los accionantes que solicitaron “reanalizar” la vigencia de la sentencia.

Franco recordó que el artículo 168 de la Constitución Política del Estado ya había establecido la imposibilidad de que el binomio del MAS, participe de las elecciones del 20 de octubre, pero eso no se cumplió. “Se ha decidido acortar los plazos en función a que el pleno tomó la decisión de no tomar vacaciones colectivas, lo vamos hacer a la brevedad posible, estimamos entre dos a tres semanas”, señaló.

La autoridad dijo que existe jurisprudencia de sentencias para modular, cambiar la línea jurisprudencial, fallos ratificadores lo que demuestran la posibilidad de reanalizar cualquier jurisprudencia que se encuentra en vigencia.

El magistrado dijo que el TCP está dispuesto a escuchar a todos los sectores que presentaron sus peticiones, que se encuentran dentro del marco de la Constitución y el Código Procesal Constitucional.

Sin embargo, aclaró que “todavía no se ha tomado ninguna decisión. Lo único que está haciendo el TCP es atender un pedido para dar una respuesta, vamos a proceder al análisis de las mismas, de todas las peticiones existentes al respecto y en función a ello el tribunal tomará una decisión”.



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