Sonia Brito y Betty Yañiquez convocaron a una reunión de jefes de bancada, pero las diputadas no pudieron explicar cuál es la agenda que tendrá este encuentro

17 de noviembre de 2019, 13:12 PM
17 de noviembre de 2019, 13:12 PM

Junto a una veintena de legisladores oficialistas, las diputadas Sonia Brito y Betty Yañiquez convocaron a una reunión de jefes de bancada, pero las diputadas no pudieron explicar la agenda que tendrá este encuentro.

"Vamos a definir en la reunión", fue la escueta respuesta que esgrimió la diputada Yañiquez cuando se le consultó sobre los temas de la reunión convocada.

Mientras las legisladoras daban la conferencia de prensa, al frente, en palacio de Gobierno, se llevaba acabo una reunión entre el Ejecutivo y la dirigencia de la COB, además de una parte de la Federación de Juntas Vecinales de (Fejuve) de El Alto.

Decreto para operaciones militares

Los diputados del MAS también plantearon una acción judicial contra el decreto que emitió el Gobierno para las acciones de los militares. Al igual que otros sectores, Yañiquez dijo que se trata de una "licencia para matar".

El sábado por la noche el ministro de la Presidencia, Jerjes Justiniano, aclaró que el Decreto Supremo 4078, que exime de responsabilidad penal a efectivos de las Fuerzas Armadas (FFAA) en caso de legítima defensa o estado de necesidad, no significa que se constituye en una "licencia para matar", porque su objetivo es convertirse en un elemento disuasivo con miras a la pacificación del país. 

“Este decreto simplemente autoriza para que, de manera conjunta con la Policía, puedan actuar en cumplimiento y resguardo del orden y de la seguridad de todos los bolivianos”, insistió el ministro luego de que afines al MAS viralizaran en las redes sociales que se estaba dando carta blanca a las Fuerzas Armadas para matar y que, incluso, la CIDH saliera al paso para calificar de "grave" es decreto.

El Decreto Supremo 4078 del 14 de noviembre de 2019 establece que los efectivos de las FFAA que participen en los operativos para el restablecimiento del orden interno y estabilidad pública estarán exentos de responsabilidad penal cuando, en el cumplimiento de sus funciones constitucionales, actúen en legítima defensa, en observancia de los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad.

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