El artículo 169 de la CPE establece que en la línea de sucesión presidencial están los presidentes de las Cámaras de Senadores y de Diputados, en caso de que renuncien, pueden asumir los vicepresidentes de las directivas.

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10 de noviembre de 2019, 18:50 PM
10 de noviembre de 2019, 18:50 PM

A la renuncia del presidente Evo Morales y vicepresidente Álvaro García Linera, tal como ocurrió en las últimas horas de este domingo, la Constitución Política del Estado (CPE) contempla que debe asumir el presidente de la Cámara de Senadores, Adriana Salvatierra; o el presidente de la Cámara de Diputados, Rolando Borda. Pero como ambos también dimitieron, en la línea de sucesión presidencial aparecen los dos vicepresidentes de ambas cámaras legislativas.  

“En caso de impedimento o ausencia definitiva del presidente del Estado, será reemplazado en el cargo por el vicepresidente y, a falta de éste, por la presidenta del Senado, y a falta de ésta por el presidente de la Cámara de Diputados. En este último caso, se convocarán nuevas elecciones en el plazo máximo de noventa días”, establece la Carta magna en el parágrafo I del artículo 169.

En última instancia, si ninguno de los vicepresidentes del Senado y Diputados acepta el cargo de presidente del Estado, puede asumir el decano de los senadores o diputados, es decir el más antiguo. Esto a raíz de que los miembros del Órgano Judicial ya no figuran en la línea de sucesión como ocurrió en 2005, cuando asumió Eduardo Rodríguez Veltzé.

El constitucionalista José Antonio Rivera explicó que la línea de sucesión presidencial acaba en la Cámara de Diputados y si renuncian la mayoría de las autoridades llamadas a asumir la Presidencia del Estado, debe asumir el decano de los senadores o diputados. “Si la actual presidenta del Senado decide no asumir el cargo de presidente del Estado, entonces debe renunciar al Senado, si eso ocurre, asume el primer vicepresidente de la Cámara de Senadores. Si éste a su vez renuncia, asume el segundo vicepresidente”, explicó el constitucionalista José Antonio Rivera.

El experto detalló que cada una de las cámaras legislativas (Senadores y de Diputados) cuenta con un directorio compuesto por presidente, dos vicepresidentes y secretarios, de modo que ellos también pueden asumir el cargo de presidente del Estado. 

“Si renuncian el primer vicepresidente, renuncia el segundo vicepresidente, se convoca al decano, es decir, al más antiguo de los senadores. Se agota el Senado con los que tienen más de 30 años (requisito para ser presidente). Si se agota se va a la Cámara de Diputados y así sucesivamente”, indicó.

Rivera considera que si la mayoría de los que están en la línea sucesoria renuncian, algunos de los 166 parlamentarios se animarán a asumir el cargo de presidente del Estado y deberá llamar a elecciones generales en un plazo de 90 días, tal como la CPE lo establece.