24 son los votos que se necesitan para obtener el control absoluto de la Cámara Alta. Comunidad Ciudadana sería la segunda fuerza parlamentaria 

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9 de octubre de 2019, 22:02 PM
9 de octubre de 2019, 22:02 PM


Los resultados de la última encuesta nacional de Ciesmori para EL DEBER muestran que habría cambios importantes en la composición de la Asamblea Legislativa Plurinacional a partir de enero de 2020. En el caso de la Cámara de Senadores, el Movimiento Al Socialismo (MAS) perdería los dos tercios que mantuvo durante 10 años, en dos legislaturas continuas (2010- 2015, 2015-2020).

Según señalan los datos de la encuesta, difundida la noche de este miércoles en las plataformas digitales del Diario Mayor, el MAS lograría 20 escaños, seguido de Comunidad Ciudadana (CC) con 12 y Bolivia Dijo No (BDN) con 2. Los otros dos curules, de los 36 que tiene la Cámara Alta, están siendo disputados por el oficialismo y la alianza que postula a Carlos Mesa 

La distribución departamental sería la siguiente: 

La Paz: 3 senadores para el MAS, 1 para CC

Potosí: 2 senadores para el MAS, 2 para CC

Cochabamba: 3 senadores para el MAS, 1 para CC

Chuquisaca: 2 senadores para el MAS, 2 para CC

Tarija: 2 senadores para el MAS, 2 para CC

Beni: 2 senadores para el MAS, 1 para CC, 1 para BDN

Pando: 3 senadores para el MAS, 1 para CC

Santa Cruz: 1 senador para el MAS, 1 para CC, 1 para BDN. El cuarto escaño en disputa entre el oficialismo y Comunidad Ciudadana

Oruro: 2 senadores para el MAS, y 1 para CC. El cuarto escaño en disputa entre el oficialismo y Comunidad Ciudadana.

Los 24 votos decisivos

A partir de la aprobación de la nueva Constitución (2009) en Bolivia se escogen cuatro senadores por departamento, sumando en total 36 miembros de la Cámara Alta. Si bien gran parte de las decisiones se toman por mayoría (19 votos), algunas determinaciones (como por ejemplo juzgar a un magistrado del Tribunal Supremo de Justicia) necesitan de dos tercios de aprobación, esto significa 24 votos.

La elección de los senadores, a diferencia de lo que sucede con los diputados, se elige en circunscripción departamental. La distribución de los escaños, según señala el artículo 55 la Ley 026 de Régimen Electoral, se realiza de la siguiente forma:

"Los votos acumulativos obtenidos en cada Departamento, para Presidente o Presidenta, por las organizaciones políticas, se dividirán sucesivamente entre los divisores naturales: 1, 2, 3 y 4, en forma correlativa, continua y obligada. Los cocientes obtenidos se ordenan de mayor a menor para establecer el número de Senadores que correspondan a cada organización política en cada Departamento".