Dice que si los magistrados del TCP quieren honrar su palabra ante el pueblo soberano de actuar con independencia, deben disponer la anulación de la sentencia 0084/2017 

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18 de febrero de 2018, 4:00 AM
18 de febrero de 2018, 4:00 AM

 Usted asegura que la sentencia que habilita la repostulación del presidente Evo Morales implica un fraude procesal  ¿por qué?

Porque esta sentencia estaba anticipadamente redactada el 25 de septiembre de 2017, con número, fecha y contenidos, antes de que la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional reciba el trámite de la demanda presentada por algunos miembros de la Asamblea Legislativa Plurinacional para habilitar al actual presidente como candidato en las elecciones de 2019, desconociendo los resultados del referendo del 21-F.

Primero se dictó la sentencia sobre la reelección indefinida, la SCP 0084/2017, y después se hizo el procedimiento para cubrir las formas y guardar las apariencias, situación jurídica totalmente anómala, que se evidenció por el texto oficial de la sentencia 0996/2017 del mismo tribunal, que el 25 de septiembre de 2017 la citó con número, fecha y contenido a la sentencia sobre la reelección indefinida, cuando esta recién nació a la vida jurídica el 28 de noviembre de 2017, es decir, dos meses después de que fuera oficialmente citada por el Tribunal Constitucional Plurinacional. Este hecho está comprobado, además, por las fechas de ambas sentencias que se consignan en la página web del TCP y en su Gaceta Oficial y por las secuencias cronológicas correlativas de otras sentencias del mismo TCP.

 

 ¿Cree que tendrá respuesta del Tribunal Constitucional Plurinacional y que es posible declarar fraude procesal en el fallo de la repostulación?

Si los nuevos magistrados del TCP quieren honrar su palabra ante el pueblo soberano de actuar con independencia e imparcialidad, sin sujeción a las órdenes y a los dictados del Gobierno nacional, lo mínimo que tienen que hacer en este caso es disponer la anulación de la SCP 0084/2017 y de obrados hasta el vicio más antiguo, es decir de todas las actuaciones procesales desde el 25 de septiembre de 2017, para tramitar un nuevo proceso apegado a los principios de independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, exigidos por el artículo 178 parágrafo I de la CPE, como condiciones ineludibles de una recta y sana administración de justicia.  

El artículo 203 de la Constitución no prohíbe vías extraordinarias y excepcionales para la revisión de las decisiones y sentencias del TCP, solo excluye los recursos ordinarios ulteriores. En este caso, por el tamaño y dimensión de los vicios de nulidad absoluta que configuran un fraude procesal, estamos ante una situación extrema y anómala, frente a la cual los magistrados nuevos del Tribunal Constitucional Plurinacional no deben convalidarla por omisión, convirtiéndose en encubridores de este fraude procesal.

 

 ¿Qué puede cambiar si se recurre a una acción internacional?

Para las elecciones de 2019 me temo que nada, por los tiempos de tramitación que demandan acciones de esta naturaleza y por los efectos de estas decisiones que no conllevan una directa anulación de la SCP 0084/2017. Después de varios años de trámite, en caso de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos determine que esta sentencia viola el artículo 23 del Pacto de San José de Costa Rica, recién el Estado de Bolivia estaría obligado a no aplicar o ejecutar este fallo del TCP, por el carácter vinculante de estas sentencias internacionales.

Tomando en cuenta que la sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional pretende habilitar la reelección indefinida de autoridades políticas, estas acciones y sentencias internacionales sí pueden tener mucha utilidad para escenarios electorales posteriores a 2019.

 

 ¿Por qué es importante la defensa de los resultados del 21-F?

Porque de ello depende la sobrevivencia de la democracia, de la Constitución, de la soberanía popular, del voto ciudadano y de los derechos humanos en el país. 

 Cuestionan al presidente Evo Morales el hecho que primero dijo que iba a respetar los resultados del referéndum, y ahora está firme en la repostulación. ¿Qué dice al respecto?

Si un presidente del Estado no cumple su palabra, ¿con qué autoridad ética y política puede exigirle al ciudadano común el respeto y cumplimiento de la Constitución y las leyes? Con estas promesas incumplidas todo el edificio institucional del Estado se erosiona o resquebraja desde sus cimientos.

 

 Para el 21 se anuncia un paro movilizado y protestas a favor y en contra de la repostulación, ¿qué se debe hacer frente a esta situación?

Todas son manifestaciones legales y legítimas en democracia. Ambos bandos o grupos tienen que evitar hechos de violencia para no deslegitimar los postulados de sus respectivas causas y reivindicaciones.

Los que defendemos los resultados del 21-F y todo lo que ello conlleva para el futuro de nuestras personas y del país deberíamos actuar con el lema o la consigna de la anulación de la sentencia sobre la reelección indefinida, así como en el caso del Código del Sistema Penal, la gente que protestaba utilizó el lema de la abrogación.

El camino jurídico es nuestra denuncia sobre el fraude procesal ante los nuevos integrantes del Tribunal Constitucional Plurinacional.

 

 ¿Cómo ve el surgimiento de movimientos ciudadanos en estas protestas?

 Altamente positivo, la clase media salió de su letargo y con planteamientos de unidad con todos los sectores del país, basados en propuestas y reivindicaciones universales, que nos identifican como ciudadanos iguales de una misma república o nación, a pesar de nuestras grandes diferencias; como fueron y son las del respeto al referéndum del 21-F, la abrogación del Código del Sistema Penal y otras de similar naturaleza, se puede gestar una alternativa política a la del MAS, que le ofrezca un mejor futuro para el país.

Los médicos y otros profesionales del sector de la salud se convirtieron, a fines del año pasado, en los primeros héroes de la recuperación de la democracia en Bolivia. Es el ejemplo digno a seguir cuando el régimen de poder absoluto pretende aniquilar los derechos fundamentales de los ciudadanos.