Se suspendió audiencia por la inasistencia de una corredora de reaseguros de Londres sobre la tragedia de Chapecoense

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21 de febrero de 2019, 4:00 AM
21 de febrero de 2019, 4:00 AM

Por tercera vez consecutiva quedó suspendida la audiencia de conciliación entre entidades de seguros y representantes de la empresa LaMía respecto a una demanda de $us 13 millones que interpuso por el seguro de sus aviones el empresario y ex senador venezolano Ricardo Albacete, dueño de la nave que se estrelló en Colombia y que provocó el saldo de 71 personas muertas y seis sobrevivientes en noviembre de 2017.

La audiencia de conciliación estaba prevista para la tarde de ayer, ante el conciliador 18 de la capital Diego Armando Aguilera Arancibia, pero el acto se suspendió por la inasistencia de Jorge Enrique Londoño Pinto y de Rodrigo Gil Quiroga, representantes legales de estratégica S.R.L. Corredores y Asesores de Seguro y Riesgo, que a su vez representan AON Corporatión, con sede en Londres. Solo asistieron ante el juez conciliador el jurista Carlos Andrés Vaca representando a Ricardo Albacete, Miriam Flores de Paz a LaMia, además de Juan Carlos Gerardo Ballivián y de Luis Rodrigo Urquidi de BISA Seguros y Reaseguros.

Albacete y sus tres aviones

La demanda de Albacete fue presentada el 27 de noviembre de 2018, un día antes de cumplirse dos años del desastre aéreo. Es por $us 13 millones, emergentes del siniestro de aviación como propietario y arrendatario de dos naves que permanecen retenidas en Cochabamba y del avión matrícula CP-2933, que el 28 de noviembre de 2016 se estrelló en Cerro Gordo, a 50 kilómetros de Medellín (Colombia), con el saldo fatal de 71 personas muertas y seis sobrevivientes.

Ricardo Albacete asegura que además es dueño de las naves que están en tierra secuestradas en el aeropuerto de Cochabamba, la BAE CP-2997 y la BAE CP-2998. En una parte de su demanda afirma: “No queremos más alegaciones dilatorias, simplemente pretendemos que LaMia y las aseguradoras cumplan con las prestaciones de seguros otorgados dentro de las pólizas de aeronavegación AVN-1C 2000044 y 2000046”. El conciliador deberá fijar otra audiencia, de no llevarse a cabo, el caso pasará a un juzgado en lo civil de la capital.

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