Un mes después de la presentación de una acción de inconstitucionalidad abstracta en contra de artículos de la ley 1740 de Regulación de estados de excepción en Bolivia, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admitió dicho recurso para su trámite de fondo, pero no dispuso ninguna medida cautelar porque los accionantes, diputados Rolando Pacheco y Basilia Cruz, ambos de Alianza Popular, tampoco lo solicitaron.
La acción fue presentada el 8 de junio por los diputados Pacheco y Cruz, después que el Legislativo sancionara la Ley 1740 de estados de excepción, en el marco de un bloqueo de carreteras que superó los 53 días.
En su memorial, los parlamentarios solicitaron la admisión de la acción y en el trámite se declare la inconstitucionalidad de dicha norma y la derogación de varios artículos por ser contrarios a la Constitución Política del Estado y al bloque de constitucionalidad, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención contra la Tortura.
Luego de un mes y después que los accionantes subsanaran algunas observaciones, el TCP resolvió a través del Auto Constitucional 0314/2026, “admitir la acción de inconstitucionalidad abstracta, en contra de los arts. 5 Incs. f) e i), 6 incs, e) y f), 18, 25 y 26 de la ley 1740.
Según el auto constitucional, los accionantes señalaron que la Ley 1740 fue aprobada durante los bloqueos prolongados de carreteras y de conmoción interna, pero observan que la dicha norma autoriza el uso de la fuerza pública o la habilitación de privaciones de libertad sin control judicial.
La decisión constitucional fue remitida a conocimiento del presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, Edmand Lara, al ser este el Órgano que generó la norma impugnada, para que en un plazo de 15 días se apersone y presente los alegatos que considere necesarios.
En criterio del parlamentario accionante, el TCP con cuatro magistrados no podría resolver este recurso y en ese sentido, solicitó a la presidenta del este tribunal, Paola Verónica Prudencio, a que convoque a las magistradas y magistrados suplentes, para completar el quórum de Sala Plena para la deliberación.