A las 01:30 de este viernes, el Gobierno decretó estado de excepción en todo el territorio nacional con el fin de restablecer la libre circulación, garantizar el abastecimiento de productos esenciales y poner fin a los bloqueos que afectan a distintas regiones del país.
Desde el Ejecutivo aclararon que la medida no implica la paralización de las actividades cotidianas ni la suspensión de los derechos fundamentales. Sin embargo, establece la prohibición expresa de los bloqueos.
"La medida prohíbe bloquear calles, avenidas, caminos y carreteras que afecten la circulación de personas y el abastecimiento de bienes esenciales", señala una de las explicaciones difundidas por el Gobierno.
Prohibiciones
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Quedan prohibidos los bloqueos de cualquier tipo en las carreteras y vías de circulación del país.
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Se prohíbe portar armas, explosivos, miguelitos, sustancias inflamables y combustible en envases no autorizados durante movilizaciones o concentraciones.
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En zonas donde existan hechos de violencia podrán aplicarse restricciones temporales a la venta de bebidas alcohólicas.
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En caso de riesgos para el traslado de personas o valores, podrán implementarse ajustes temporales en determinados servicios.
Preguntas que pueden surgir
¿Se puede circular libremente?
Sí. Las personas podrán trasladarse y desarrollar sus actividades con normalidad, salvo en zonas específicas donde existan restricciones temporales.
¿Se puede trabajar y estudiar?
Sí. Las actividades laborales, educativas y económicas continúan con normalidad.
¿Se aplica la Ley Seca?
No. La venta y el consumo de bebidas alcohólicas solo estarán restringidos temporalmente en lugares donde existan enfrentamientos, bloqueos o hechos graves de violencia.
¿Habrá toque de queda?
Solo en las zonas de restricción definidas por el Ministerio de Defensa o por el Gobierno. Fuera de esas áreas, la libre circulación y las reuniones permanecen permitidas.
¿Se puede acceder a alimentos, combustible y medicamentos?
Sí. Garantizar el acceso a estos productos es uno de los principales objetivos de la medida.
¿Se restringe la libertad de expresión?
No. El derecho a la información, la libertad de expresión y las garantías constitucionales continúan vigentes.
¿Se cerrarán los bancos?
No. Los servicios financieros seguirán funcionando con normalidad, salvo ajustes temporales en zonas de riesgo.
¿Las Fuerzas Armadas reemplazarán a la Policía?
No. Las Fuerzas Armadas brindarán apoyo temporal y coordinado a la Policía para liberar vías bloqueadas y resguardar servicios esenciales.
¿Se permitirán bloqueos en las carreteras nacionales?
No. El Estado de Excepción prohíbe los bloqueos en calles, avenidas, caminos y carreteras del país.
¿Los negocios y comercios deben cerrar?
No. Los negocios formales e informales, mercados y puntos de venta podrán continuar operando con normalidad.
¿Cuándo termina el Estado de Excepción?
La medida podrá tener una duración máxima de 90 días. Sin embargo, podrá levantarse antes si cesan los bloqueos, los hechos de violencia o las amenazas que motivaron su aplicación.