Opinión

Respuesta a publicación sobre ‘Asfixia económica’

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12 de marzo de 2018, 6:39 AM
12 de marzo de 2018, 6:39 AM

La materia tributaria ha estado sujeta a una serie de ataques de desinformación, que buscan generar un estado de incertidumbre sobre la potestad impositiva que tiene el país al igual que todos los países del mundo, en esta oportunidad,  referido al artículo de opinión publicado por EL DEBER, en fecha 8 de marzo, cuya autoría es de Norah Soruco sobre una supuesta “asfixia económica”.

Lo cierto es que existe un grado de complejidad como resultado de la interacción de ciencias tan especializadas como el derecho, economía y contabilidad en sus diversas ramas que se entremezclan para la definición de la política tributaria, que es preciso tomar en consideración. Por lo que es incorrecto hablar de una supuesta asfixia cuando se han dado importantes avances normativos y operativos orientados a la facilitación y simplificación en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

En primera instancia es preciso comentar los avances en materia de tributación interna a través del referente normativo más importante en los últimos años: la Ley N.° 812, a través de la cual más de 100.000 contribuyentes pudieron regularizar sus cuentas con el Estado por un monto cercano a los Bs 3.900 millones según información del Servicio de Impuestos Nacionales.

No solo se regularizaron los adeudos, sino que se estableció un nuevo tratamiento para la deuda tributaria a través de la reducción de la tasa de interés por incumplimiento en un 4%, 6% y 10% de manera escalonada de acuerdo a la antigüedad de la deuda; dejando atrás la incertidumbre que dejaba una tasa variable y significativamente mayor a la actual. Asimismo, se amplía la posibilidad de eliminar, en su totalidad, la multa por incumplimiento hasta 10 días después de una notificación con vista de cargo, pagando la deuda o acogiéndose a un plan de pagos, mismos que además fueron ampliados hasta 60 meses a través de Decreto Supremo N.° 3442.

En el caso aduanero se da similar situación en el marco de sus atribuciones específicas de facilitación y control del comercio exterior, resaltando las acciones emprendidas en cuanto a la simplificación y agilización de trámites, en primera instancia con el DS N.° 2295, que dispone la nacionalización en frontera y que ha permitido reducir significativamente los tiempos de despacho.

De igual forma, el Estado ha invertido recursos económicos a objeto de alcanzar mayor agilidad, a través de la implementación de proyectos específicos en las regiones con mayor movimiento de comercio exterior, tal es el caso de: 1) la Aduana 24/7 en Warnes (departamento de Santa Cruz), donde se garantiza el servicio los 365 días del año con atención inmediata en una ubicación estratégica, adecuada logística e infraestructura para el despacho, evitando así congestionamientos; 2) Aduana Especializada de Oruro (Pasto Grande), en la cual se establece un procedimiento específico para mercancía proveniente de zonas francas orientado a la agilidad en el despacho y control oportuno del valor importado.

Resaltar también que es errónea la idea de que existe falta de liquidez en las finanzas públicas como quiere hacer creer el artículo, toda vez que en fecha 7 de marzo de 2018, el presidente del Servicio de Impuestos Nacionales declara en conferencia de prensa que la recaudación tributaria muestra un crecimiento del 16,2% producto del puntual y oportuno pago de impuestos de los contribuyentes reflejando el mayor dinamismo de la economía boliviana en cuanto a niveles de consumo, ventas y utilidades; en concordancia con el continuo crecimiento de la base empresarial vigente, que alcanza a más de 296.000 empresas, según información que publica Fundempresa.

Por lo tanto, es incorrecto afirmar que existe una asfixia, toda vez que se han implementado acciones de suma importancia para mejorar el régimen tributario en cuanto a facilitación, simplificación y comparativamente el país se encuentra en los niveles más bajos de tasas impositivas en la región y mucho más en el caso de la deuda impositiva, con un grado de flexibilidad importante, dejando de lado sanciones muy comunes en las legislaciones de países vecinos como las multas, que más que duplican el tributo, o la privación de libertad.

En definitiva, corresponde aclarar también que todos los esfuerzos que ejerce el nivel central del Estado para facilitar y simplificar el pago de tributos están orientados a mejorar los niveles de cumplimiento voluntario y cuyos resultados vienen a fortalecer la política de redistribución del ingreso, la inversión en infraestructura, salud y educación, y resaltar también que estas medidas favorecen a los departamentos y municipios a través de la coparticipación tributaria y las transferencias.