Opinión

Presidente / candidato: sin límites

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6 de junio de 2019, 4:00 AM
6 de junio de 2019, 4:00 AM

Lejos de atenuar los ánimos caldeados por la cuarta reelección del binomio oficial, el Reglamento para la convocatoria de elecciones presidenciales 2019, incrementa la desconfianza ciudadana en el Órgano Electoral Plurinacional. Se apuntaron omisiones imperdonables, la ausencia de mecanismos que garanticen la defensa de derechos políticos y el trámite expedito para sancionar las faltas y delitos electorales, especialmente los vinculados al cohecho electoral y al uso y abuso de los recursos públicos del Estado por parte del partido gobernante. La percepción de que viene un fraude con base a una competencia desigual y hasta tramposa será difícil de disipar.

El debate sobre la reelección y los fantasmas que la acompañan ha dejado una huella profunda en la región y en Bolivia. Al inaugurarse el nuevo siglo la fiebre reeleccionaria adoptó diversos rasgos siendo motivo de preocupación por sus efectos en las democracias presidencialistas predominantes en el hemisferio. El 2015, cinco países permitían la reelección, siempre y cuando haya transcurrido al menos un mandato presidencial: Chile, Costa Rica, Panamá, Perú y Uruguay, tres de los cuales contarían con los indicadores mayor calidad democrática en la región. La reelección indefinida estaba fuera de discusión, Bolivia, Nicaragua y Venezuela optaron por ese camino.

La reelección presidencial es prohibida, en El Salvador, México, Guatemala y Paraguay. Recientemente, Colombia se adhirió con plena convicción a la línea prohibicionista tras un fugaz periodo de vigencia de la experiencia re eleccionaria. Uribe y Santos apostaron por la reelección continua con éxito. En su momento, Uribe vio frustrado el intento de postularse a un tercer mandato continuo, gracias a la independencia de poderes se frenó en seco dicha aspiración.

El caso colombiano es sugerente. Destacó al imponer limitaciones reglamentarias a quienes en su momento cumplían el rol de presidente/candidato a la vez. ¿Cuáles eran las prohibiciones para el presidente durante la campaña presidencial? Veamos: “durante los cuatro meses anteriores a la fecha de votación en primera vuelta, y hasta la realización de la segunda vuelta, si fuera el caso, el candidato en ejercicio de la presidencia no podrá: 1. Asistir a actos de inauguración de obras públicas. 2. Entregar personalmente recursos o bienes estatales, o cualquier otra suma de dinero público, 3. Referirse a los demás candidatos o movimientos políticos en sus disertaciones o presentaciones públicas, como Jefe de Estado o de Gobierno. 4. Utilizar o incluir la imagen, símbolos o consignas de su campaña presidencial en la publicidad del Gobierno. 5. Utilizar bienes del Estado, diferentes a aquellos destinados a su seguridad personal, en actividades de su campaña presidencial.

Por otra parte, ningún gerente o responsable político de campaña debía cumplir funciones públicas y durante la campaña presidencial, no se podrían aumentar los recursos destinados a la publicidad del Estado. ¿Qué tal? En Bolivia ¡la autocracia electiva y discrecional no tiene límites es un “derecho humano”!

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