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22 de noviembre de 2018, 4:00 AM
22 de noviembre de 2018, 4:00 AM

La militancia o condición de militante en un partido es un derecho político, así figura en el artículo 16 del Pacto de San José de Costa Rica. Eso significa que, si uno quiere, puede registrarse en un partido pero nadie puede obligarle si sucede lo contrario.

A partir de esa premisa, es un abuso que el nombre de un ciudadano aparezca en las listas de un partido cuando aquel no se registró en este. Por ello, se justifica la indignación de la gente que protesta por ese hecho. ¿Cómo se explica que, en pleno siglo XXI, aparezcan errores oficiales; es decir, provenientes del Estado, en los que los datos oficiales, como las listas de partidos políticos, aparecen alterados? Una de las respuestas del Tribunal Supremo Electoral (TSE) es que los últimos registros se realizaron a mano. ¿Cómo se justifica eso cuando el país, y eso incluye al TSE, ya cuenta con tecnología más confiables como, por ejemplo el padrón biométrico?

Los registros manuales son manipulables. El último ejemplo al respecto es el denominado “fraude de Maragua” que se refiere a la alteración de resultados electorales que fue ejecutado por dos senadores del MIR y uno de ADN en las elecciones de 1997.

El fraude fue ejecutado de manera tan sencilla que es hasta risible: los tres senadores accedieron a las actas electorales de Maragua, una pequeña localidad del municipio de Ocurí, en Potosí, y las cambiaron por otras en las que los resultados favorecían al candidato del MIR.

El fraude fue denunciado, pero tuvo que transcurrir mucho tiempo antes de que se sancione a un responsable. Al final, la justicia se ensañó con el candidato que fue beneficiado con la alternación de resultados y pasó por alto la participación de los senadores.

Pero menciono este hecho con el fin de graficar la inconveniencia de los registros manuales como los que aparentemente están provocando los conflictos de falsa militancia.

¿Cómo se explica que los nombres de tantos ciudadanos hayan aparecido en las listas de los partidos políticos sin que los aludidos jamás hayan acudido a estos? La única respuesta posible es que los datos que aparecieron en la aplicación del Tribunal Supremo Electoral eran antiguos y no fueron actualizados. Pero en el registro oficial, el que administra el TSE, las cosas son distintas.

En otras palabras, el padrón electoral es un carnaval y, en esas condiciones, no puede emplearse en un proceso electoral.

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