Opinión

Lo que Bolivia espera de la CIDH

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18 de noviembre de 2018, 4:00 AM
18 de noviembre de 2018, 4:00 AM

La CIDH fue creada en 1959, forma parte de la Organización de Estados Americanos (OEA) como encargada de promover y proteger los derechos humanos. Junto con la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) tiene competencia en asuntos relacionados con el cumplimiento por las partes de lo dispuesto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica. En conjunto con la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), instalada desde 1979, precautela los DDHH en el hemisferio.

Como solo los estados miembros y la Comisión pueden someter un caso ante la Corte, resulta de vital importancia el que la CIDH acepte elevar temas ante ese Tribunal para que se expida sobre ellos. En tal sentido, será de relevancia la audiencia prevista para el 170 período de sesiones de la CIDH del miércoles 5 de diciembre, justo un día antes del paro nacional anunciado por dirigentes cívicos. El tema a tratarse será “Reelección en Bolivia, la sentencia 84/17 del Tribunal Constitucional Plurinacional y la Convención Americana”. Estará presente el Estado Boliviano, que presumimos intentará explicar la postura oficialista al respecto del fallo del TCP que habilita la reelección indefinida basado en una peculiar interpretación del artículo 23 del Pacto de San José. Los demandantes son la Fundación Observatorio de Derechos Humanos y Justicia, más la “Human Rights Foundation”.

Ya se ha mencionado que es probable que la Comisión de DDHH se reúna en marzo de 2019 en Bolivia. Cabe esperar que cuando esa reunión se concrete el asunto de la reelección como “derecho humano” haya quedado desvirtuado y que esa institución garantice el cumplimiento de la norma suprema en Bolivia. El derecho de candidatear, al que alude el fallo constitucional es aplicable para ciudadanos comunes, no a quienes ejercen el poder, cuyos límites están dados por la organización jurídica interna de cada país. En Bolivia prima desde 2009 la actual Constitución Política del Estado (CPE) y cuando el Gobierno convocó un referéndum para modificar su artículo 168 -con el fin de permitir una nueva reelección- la mayoría del electorado votó en contra de la iniciativa. Asunto concluido, la voluntad soberana del pueblo es suprema.

Si la Comisión tiene una posición ambigua y no se pronuncia adecuadamente en procura del respeto a las normas internas de los países (en este caso Bolivia) y a la voluntad popular, estará demostrando que no cumple su rol de resguardo a los derechos humanos en el continente y estará dando un respaldo al Gobierno del MAS, que ya ha dado señales de desconocimiento y vulneración de valores democráticos fundamentales, como es el caso del voto soberano, que refleja la voluntad de las mayorías.