Al cumplirse el plazo de permanencia del avión el propietario debía gestionar un trámite de estadía temporal en el país o nacionalizarlo para evitar su incautación, explicó el director regional de la Aduana

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12 de julio de 2018, 18:40 PM
12 de julio de 2018, 18:40 PM

William Castillo, gerente regional Santa Cruz de la Aduana Nacional de Bolivia (ANB), informó este jueves que los propietarios del jet Super Mid-Size- Gulfstream GIII, con matrícula N557JK y que ingresó legalmente, pero superó el tiempo de estadía en el país; no tramitaron ante la Aduana una admisión temporal.

Explicó que toda aeronave, maquinaria o vehículo que ingresa al país desde el extranjero lo hace con un tiempo determinado de estadía, en caso de superar el periodo establecido se debe iniciar el trámite de la admisión temporal por un año, previo pago de una boleta de garantía.

En el caso del jet, Castillo indicó que desde la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) informaron a la Aduana que la aeronave había sobrepasado el tiempo establecido.

"Toda aeronave que se queda más de un plazo establecido, otorgado por DGAC, necesita tener una admisión temporal emitida por la Aduana, con una boleta de garantía. (El propietario de) esta aeronave no hizo ningún trámite de admisión temporal ante la Aduana, entonces, ante el comunicado de la DGAC, lo que hicimos fue verificar, ver si existe un propietario, al no haber nadie lo que hicimos fue incautar", indicó Castillo.

Para explicarlo mejor, desde la Aduana pusieron como ejemplo los vehículos o las mercancías que son expuestas en la Expocruz, dijo que estos ingresan al predio con una póliza de admisión temporal y un boleta de garantía que garantiza los tributos que podría pagar esa mercancía para nacionalizar.

"Esa mercancía cuando termina la feria se va, la agencia despachante cierra esa admisión temporal, se devuelve la boleta de garantía y sale la mercancía de la feria o del país. Ahora si esta mercancía no sale en el plazo establecido, nosotros ejecutamos la boleta de garantía y se nacionaliza obligatoriamente y no puede salir", explicó.  

Puedes ver acá la conferencia de prensa que dió el gerente regional de la Aduana 

El gerente regional de la Aduana agregó que tras el decomiso del jet, se levantó un acta de intervención y como sobrepasó los 200.000 UFV (Unidad de Fomento de Vivienda) por norma, se convirtió en un delito y pasó a manos del Ministerio Público, que inició las acciones correspondientes.

Adjudicación sustentada en ley 

En cuanto a la adjudicación de la aeronave al Ministerio de la Presidencia, la autoridad afirmó que esta acción se respaldó en la ley 975, que señala que toda mercancía decomisada por la Aduana debe ser adjudicada al Ministerio de la Presidencia, o al Ministerio de Economía, en segunda instancia, y si ninguno de ambos Ministerios les interesa, su futuro es la subasta.

"Cuando nosotros adjudicamos al Ministerio de la Presidencia, cualquier mercancía lo tenemos que hacer con una póliza de importación, nada sale de la aduana sin una póliza de importación debidamente nacionalizada", acotó.

Desde el Ministerio de Obras Públicas se abrió la posibilidad de devolverlo a su propietario, previo pago de una deuda de Bs 46.000; sin embargo, Castillo descartó que el jet sea devuelto toda vez que ya fue adjudicado, amparándose en la ley 975.

"Una vez que se ha comprobado el delito, se han vencido todos los plazos para que alguien se apersone, nosotros ya emitimos nuestra resolución dictando el contrabando y no hay más, ya se adjudicó el jet con una póliza de importación nacionalizada. La Ley 975 dice que se tiene que adjudicar al Ministerio de la Presidencia"