Los empleadores que incumplan con el instructivo del Gobierno deberán pagar el doble del monto a sus trabajadores. En el caso del segundo aguinaldo, el plazo vence el 31 de diciembre. Las empresas que requieran ampliación deberán hacer su solicitud este mes

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20 de diciembre de 2018, 16:50 PM
20 de diciembre de 2018, 16:50 PM

El instructivo N°81/18 del Ministerio del Trabajo establece que los empleadores tienen hasta este 20 de diciembre para hacer efectivo el pago del Aguinaldo de Navidad. Los que incumplan esta normativa deberán pagar el doble del monto.

En tuit, esa cartera de Estado también especificó que, si bien el plazo vence este jueves, la presentación de planillas en la Oficina Virtual de Trámites (OVT) del Ministerio del Trabajo.

Están llamadas a pagar el aguinaldo a sus trabajadores todas las instituciones, empresas públicas, privadas, comerciales, industriales, de servicios y de cualquier otra actividad o negocios con o sin fines de lucro, cuyos trabajadores se encuentren bajo el ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo.

Doble aguinaldo

En lo relacionado al segundo aguinaldo, las empresas tienen hasta el 31 de diciembre. Las que  quieran acceder a la ampliación del pago del segundo aguinaldo deberán presentar una solicitud justificando las razones por las que no se puede entregar este beneficio durante el mes de diciembre.

Mira aquí la normativa del segundo aguinaldo: