Con la aplicación de la Justicia Indígena, la comunidad Jatun Ayllu Santa Isabel (Potosí) decidió expulsar a la minera La Candelaria. El Tribunal Constitucional le dio la razón. Observan inversiones en riesgo

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8 de marzo de 2019, 4:00 AM
8 de marzo de 2019, 4:00 AM

En agosto del año pasado, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) con asiento en Sucre, declaró la aplicabilidad de la decisión de la comunidad Jatun Ayllu Santa Isabel de la provincia Sud Lípez (Potosí), de expulsar a la concesionaria minera La Candelaria. Ni el Ministerio de Minería ni la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), fueron notificados para consulta o para hacer conocer la resolución. Un experto minero y las cooperativas, expusieron su preocupación porque pone en peligro las inversiones y la explotación minera.

“De esta declaración constitucional 0073/2018, no ha tenido conocimiento el Ministerio de Minería ni la AJAM, porque en ningún momento hemos sido notificados para que emitamos una opinión. Nosotros, como Estado, somos los que administramos los recursos naturales no renovables, como los mineralógicos. Somos los que otorgamos derechos a través de contratos mineros. Y es la misma AJAM la que revoca esos derechos cumpliendo un procedimiento previo”, subrayó el ministro de Minería, César Navarro.

La resolución

Luego de un proceso de consulta de autoridades indígenas por la aplicación de su resolución jurisdiccional, el TCP declaró en agosto de 2018, la aplicabilidad de la expulsión de la minera y de su propietario Wálter Huarachi Véliz, sin lugar a compensación.

Los principales argumentos expuestos por la comunidad el 21 de diciembre de 2017, fueron: daño a la fauna, contaminación ambiental, discriminación, explotación laboral, desconocimiento al derecho a la libre determinación y autogobierno.

Proceso de reversión

La AJAM, como instancia administrativa del sector minero, confirmó por su parte, que el TCP no le cursó ninguna notificación de la aludida resolución y reveló que La Candelaria ya tenía abierto un proceso de reversión.

“En lo que compete a materia minera, el derecho minero denominado La Candelaria, fue revertido en su momento por inactividad minera en aplicación de la Ley N.° 403”, comunicó la AJAM a EL DEBER.

En este sentido, el ministro Navarro explicó que la concesionaria asentada desde hace más de 50 años, tenía problemas con la comunidad y después de un proceso de investigación en el área, de una comisión, a la cabeza del Viceministerio de Política Minera, se recomendó la reversión del área, proceso que se cumple.

Preocupación

El presidente de la Confederación Nacional de Cooperativas de Bolivia (Concobol), Édgar Bautista, no ocultó su preocupación por lo que pueda suceder en la aplicación de la jurisprudencia de la resolución del TCP.

“En el caso del movimiento cooperativo boliviano, seremos los perjudicados con estas actitudes que los pueblos originarios estarán tomando, más que todo en el tema de avasallamientos. Pero como confederación, vamos a defender la Ley 356 (Ley General de Cooperativas) que nos controla y regula. Defenderemos a todos nuestros afiliados y asociados”, indicó.

El experto en el sector minero de la Fundación Jubileo, Héctor Córdoba, calificó de “muy grave” la situación ya que pone en riesgo la actividad minera.

“Con este mensaje, la sensación de inseguridad jurídica crece de manera alarmante. Todas las inversiones que planeaban venir pueden asustarse porque va contra el marco jurídico del sector minero. Parece que hubo precipitación u otros intereses que han influido para que se tome esa determinación”, dijo, reconociendo que la Constitución establece que la minería es de competencia exclusiva de la administración central.

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