El decreto 3722 determina que las planillas de avance de obras son documentos que se deben aceptar como garantía no convencional. Asoban ve viable la nueva medida

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4 de diciembre de 2018, 4:00 AM
4 de diciembre de 2018, 4:00 AM

Luego de varios años, de reiteradas reuniones y varios borradores, la Cámara de la Construcción de Santa Cruz (Cadecocruz) y la Confederación Sindical de Trabajadores de la Construcción de Bolivia (Cstcb) lograron la redacción del Decreto Supremo 3722, que determina que las planillas de avance de obras de las constructoras son válidas como garantía no convencional que deben ser aceptadas por el sistema financiero a la hora de otorgar algún préstamo.

Víctor Hugo Suárez, presidente de la Cadecocruz, sostuvo que el decreto es una gran noticia y que es el resultado de un constante trabajo por encontrar una fórmula que permita al sector contar con alguna puerta que le permita acceder a créditos y no quedar asfixiado por la falta de liquidez que generaba problemas con los trabajadores y los proveedores.

Suárez remarcó que con esta medida se podrá responder a las distintas contingencias que a veces surgen en los municipios, gobernaciones y en el Gobierno central, que por distintos motivos muchas veces tienen problemas para pagar por las obras hechas.

“Tendremos mayor liquidez y podremos hacer frente a los cobros de nuestros proveedores y lo que más nos importa es pagar a nuestros trabajadores. Para acceder a los préstamos de la banca nuestras planillas de avance de obras serán controladas por un fiscal de obra que certificará nuestro avance”, precisó Suárez.

El dirigente indicó que los recursos que se obtengan de este crédito solo pueden destinarse a la obra, y una vez abonada la planilla por la entidad contratante lo primero que se tiene que hacer es pagar el crédito obtenido, para lo que se establecen los mecanismos necesarios para que el pago se realice en la cuenta establecida.

Sobre el tema, Valerio Ayaviri, secretario ejecutivo de la Cstcb, remarcó que el nuevo decreto es resultado de un trabajo en equipo con los empresarios de la construcción, pues consideran que si el privado cuenta con los recursos necesarios para terminar con los proyectos viales o de infraestructura para el sector público, los trabajadores tendrán la certeza de percibir sus salarios en los plazos establecidos con anterioridad.

“Desde hace tiempo las empresas bolivianas de la construcción no estaban cumpliendo con el pago, debían hasta tres meses de sueldo, debido a que a ellas el Estado no les pagaba por las obras realizadas; con el DS 3722 eso se termina y ganamos todos”, dijo Ayaviri.

El criterio de la banca

Para Nelson Villalobos, secretario ejecutivo de la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban), el decreto 3722 no hace otra cosa que ampliar el espectro de las garantías no convencionales, y sumar el de las planillas de avance de obra aprobadas por el fiscal de obra.

Villalobos afirmó que algunas entidades ya aceptaban estas planillas aprobadas como una fuente de pago, en el entendido de que, siendo aprobadas por quien contrató la obra, serían honradas por las empresas contratantes, más aún al tratarse del sector público.

“La inclusión de una nueva garantía, sea convencional o no convencional, no debiera afectar el desenvolvimiento de la banca; ya que la evaluación crediticia para la otorgación de créditos considera una serie de factores, siendo solo uno de ellos la evaluación de riesgo de la operación en su conjunto”, señaló el director ejecutivo de Asoban.

Sobre el índice de la morosidad del sector de la construcción, entre octubre de 2017 y octubre de 2018, según Villalobos se incrementó del 2,01% al 2,08%, situándose en ambos casos por encima del índice general (1,85% y 1,94%, respectivamente).

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