El TCP sostiene que los solicitantes "no tienen legitimación activa dentro del proceso constitucional referido a la repostulación indefinida

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14 de marzo de 2018, 4:00 AM
14 de marzo de 2018, 4:00 AM

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) comunicó ayer el rechazo del pedido de “nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo” contra el veredicto sobre la reelección que beneficia al presidente Evo Morales. El recurso fue presentado por el abogado Carlos Alarcón y colectivos ciudadanos de la Generación 21. 

El TCP sostiene que los solicitantes "no tienen legitimación activa dentro del proceso constitucional referido, por cuanto no son parte procesal en el mismo, bajo ninguna calidad, entendida esta como la identidad del sujeto activo al cual la ley concede el derecho de activar y ejercer la acción".

Quienes presentaron la acción sostenían que se cometió fraude procesal, descubierto en otra sentencia de 25 de septiembre, en la que se cita como jurisprudencia este fallo que salió tres meses después, el 28 de noviembre de 2017.

Zenón Bacarreza, exmagistrado del TCP, atribuyó en su momento la falla de fechas a un "error involuntario" debido a la recarga laboral en esa instancia y afirmó que el detalle puede ser subsanado mediante una complementación.

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