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Nuevo Código Penal penaliza el uso de datos ajenos en medios informáticos

El proyecto del nuevo Código de Sistema Penal contempla como un delito informático el uso ilegal de datos personales para afectar la imagen y dignidad de una persona

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13 de septiembre de 2016, 9:33 AM
13 de septiembre de 2016, 9:33 AM

El Senado aprobó la noche del miércoles los artículos del nuevo Código de Sistema Penal en los que se crea nuevos tipos de delitos informáticos. Uno de ellos sanciona con cárcel la suplantación de identidad a través de medios electrónicos. 

Específicamente esto se refiere al artículo  246 del proyecto: 'Uso de datos ajenos en medios informáticos', en el que se señala que la persona que utilice datos o información ajena "consignada en medios electrónicos" con el propósito de  afectar la imagen y dignidad de otra o suplante su identidad tendrá una sanción de 2 a 4 años de cárcel y además deberá pagar una reparación económica.

En el caso de que este delito sea cometido usando datos de menores de edad, la pena se agravará a 3 a 6 años de prisión.

 

Separar lo personal de lo institucional

El abogado Joadel Bravo advierte que si bien este es un avance no debería mezclarse lo personal con lo institucional, ya que el referido artículo los equipara.

"El tipo penal mezcla los intereses de una persona común y corriente con las de las Instituciones del Estado y la de los bancos. Si solo fuera para precautelar a las personas comunes el tipo penal sería apropiado toda vez que el hecho que se regula se suscita a diario. Sin embargo cuando habla de “institucionalidad” tengo mis reparos en virtud a que este hecho difícilmente se suscita contra una entidad del estado", señala Bravo.

El jurista sugiere apartar ambos conceptos: “institucionalidad” y las entidades bancarias del tipo penal en cuestión.

La aplicación de esta normativa se pondrá en vigencia al mismo tiempo que el resto del Código de Sistema Penal que se encuentra en tratamiento en el Senado en estos momentos.