La norma fue promulgada por el presidente Evo Morales en la Casa Grande del Pueblo. Establece los derechos y deberes de las organizaciones religiosas que son distintas a la Iglesia Católica

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11 de abril de 2019, 8:58 AM
11 de abril de 2019, 8:58 AM

El presidente Evo Morales promulgó hoy la Ley 1161, de Libertad Religiosa, Organizaciones Religiosas y Creencias Espirituales, norma que reconoce los derechos y deberes de los grupos que profesan la fe y se diferencian de la Iglesia Católica. 

"Ahora, por Constitución, y ahora con esta ley, todas las iglesias tienen los mismos derechos, hay igualdad, no hay iglesias de primera y de segunda, no hay iglesias clandestinas como era antes. En cualquier iglesia podemos casarnos y bautizarnos, esa es la igualdad", destacó el primer mandatario. 

La norma regula la otorgación de personalidades jurídicas a las organizaciones religiosas y tiene por objeto establecer un marco jurídico del ejercicio de la libertad religiosa y de creencias espirituales de acuerdo a sus cosmovisiones y el reconocimiento institucional de las organizaciones religiosas.

"Todos tenemos derechos, estamos viviendo en tiempos en los que existen más derechos, más igualdad. Sufrimos tres años para cambiar la Constitución, duro debate, hay algunos sectores que no querían cambios, en Sucre un obispo tocó campanas para que no se apruebe la Constitución", rememoró la máxima autoridad nacional.

La Constitución Política del Estado (CPE) aprobada en 2009, en su artículo 4, declara la separación entre la Iglesia y el Estado, por lo que Bolivia dejó de ser un Estado confesional para convertirse en uno laico.

"Siento que todavía hay algún pensamiento de aquellos tiempos (de la inquisición). Hermanos que practican la religión Católica nos informan que un obispo de Oruro dijo que en el Palacio está Satanás, yo preguntaba si era Evo o los ritos, pero no es la Iglesia Católica son algunos", contó Morales.

El ministro de Relaciones Exteriores, Diego Pary, resaltó que la disposición garantiza la libertad de profesar y enseñar la fe, evitando la injerencia del Estado y respetando la independencia de dichas organizaciones.

La norma consta de 14 artículos, dos disposiciones transitorias, una disposición final y dos disposiciones abrogatorias y derogatorias.

Establece la obligación de informar a las autoridades competentes, respecto a las actividades administrativas, financieras, legales, sociales y religiosas o espirituales que realizan, además que en ningún caso sus ingresos y patrimonio podrán ser distribuidos directa o indirectamente entre los miembros o integrante.

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