Orlando Ceballos dijo que las resoluciones del TCP son "vinculantes y de cumplimiento obligatorio" por lo que no puede haber contradicciones

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26 de julio de 2018, 11:07 AM
26 de julio de 2018, 11:07 AM

El magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Orlando Ceballos, defendió la sentencia que viabiliza la repostulacion indefinida de Evo Morales a la presidencia, aseguró que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) debe cumplir ese fallo en apego al artículo 203 de la Constitución Política del Estado y que de ninguna manera puede ser modificado.

Consultado si el Tribunal Supremo Electoral puede asumir otra determinación dando prioridad a los resultados del referéndum del 21 de febrero tal como lo reclaman diferentes sectores, Ceballos respondió que "el artículo 203 de la Constitución Política del Estado es categórico, es clara y eso se cumple”.

El artículo 203 de la CPE establece que las “sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional son vinculantes y de cumplimiento obligatorio y contra ellas no cabe recurso ulterior alguno”.

"Es una posición institucional que ya lo hicimos conocer, únicamente nos queda ratificarnos en aquello", sentenció Ceballos.

Agregó que el tema jurídicamente está resuelto, pero hay posiciones encontradas al respecto que están en "búsqueda de una decisión política" y que esto finalmente tendrá una solución dentro del marco de la democracia intercultural.