Según los expertos, las anteriores cartas magnas ya reivindicaban el derecho boliviano al mar sin ir a juicio

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28 de marzo de 2018, 3:00 AM
28 de marzo de 2018, 3:00 AM

Luego de negar una respuesta clara sobre si su país aceptará cualquier fallo de La Haya, el canciller chileno, Roberto Ampuero, ratificó que la demanda boliviana nace de una obligación de la Constitución de demandar los tratados contrarios al texto. Sin embargo, eso fue descartado por el abogado constitucionalista José Luis Santisteban.

El jurista explicó que la reivindicación marítima ha estado presente en varias de las 18 constituciones que ha tenido el país, sin que eso derive en una demanda ante la Corte Internacional de Justicia. Es más, el texto del artículo 267 de la Carta Magna es amplio, no reclama los más de 400 kilómetros de costa perdidos en la Guerra del Pacífico, sino que declara irrenunciable “el territorio que dé acceso al océano Pacífico y su espacio marítimo”.

Según Santisteban, la Constitución es muy completa en lo que respecta a tratados internacionales y amplía los derechos a través de ellos. Una prueba de esta afirmación es que en eso se basó el fallo de la repostulación de Evo Morales y otras autoridades, aunque el jurista ya considera eso como una maniobra que tergiversa el espíritu de la norma. 

Eso sí, aclara que cualquier nuevo tratado de límites con Chile proveniente de alguna negociación, deberá ser aprobado por referendo, ya que la CPE incluye la democracia directa, algo que las anteriores leyes magnas no incluían.

Es más, Santisteban dice que los tratados en la Constitución son tan importantes que en la pirámide jurídica están justo por debajo del texto, por encima del resto de las leyes nacionales. 

“La Constitución no ordena ningún tipo de demanda internacional. Esta ha sido impulsada por una política de Estado por este Gobierno. Nuestra Constitución es una carta de garantías, no de obligaciones”, añadió. 

Hugo Siles, viceministro de Autonomías y experto en relaciones internacionales, asegura que la afirmación chilena es una contradicción, ya que si fuera cierta Bolivia hubiese iniciado demandas internacionales sobre todos sus límites y eso no se puede hacer. 

Además, explica que esto ya se trató en la Corte Internacional de Justicia, en las objeciones preliminares perdidas por Chile en septiembre de 2014. Ya los jueces determinaron que la demanda boliviana no es sobre el Tratado de Paz y Amistad de 1904, que no intenta modificarlo, por lo que considera un error más de los alegatos presentados por Chile ante la corte.

A través de dicho tratado, se establecen los actuales límites entre Bolivia y Chile, y el país trasandino pasa a poseer los territorios del Litoral boliviano a perpetuidad. Para Siles, ambos Estados deben esperar la sentencia de la corte con paciencia y aconseja que es muy prematuro hablar de desenlaces.