Uno de los miembros de la Sala Penal explica los motivos por los que se pasó el proceso de De Mesa a la Asamblea

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27 de julio de 2018, 4:00 AM
27 de julio de 2018, 4:00 AM

El magistrado Edwin Aguayo es uno de los dos miembros de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). En diálogo con EL DEBER, el tribuno admitió que en la Sala Penal del TSJ no se consideró los tres memoriales que presentó el expresidente Carlos de Mesa porque, a su juicio, por procedimiento ese paso no correspondía en la etapa previa al enjuiciamiento. Para De Mesa esta decisión es irregular.

¿Qué dice el informe de Sala Penal que usted y el magistrado Olvis Égüez remitieron a Sala Plena?

En cumplimiento de la Ley 044 (norma que regula los juicios de responsabilidades para presidentes, vicepresidentes y altas autoridades judiciales) lo que se hizo como Sala Penal es emitir un informe respecto a los elementos que ha propuesto el Ministerio Público. Cumplida esa fase del procedimiento, se ha remitido a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) la disposición de su Sala Plena: es decir, que este requerimiento sea trasladado a la Asamblea Legislativa Plurinacional para que ellos puedan emitir un criterio disponiendo si se autoriza –o no–la solicitud requerida por el Ministerio Público por el caso denominado Quiborax.

Correcto, pero, ¿qué es eso que ha establecido la Sala Penal del TSJ respecto al caso Quiborax, iniciado en contra del expresidente Carlos de Mesa?

Se han analizado los elementos formales. Nosotros hacemos como una verificación de algún detalle: nombres, datos, las pruebas que se han generado sobre la base de lo que dice el Ministerio Público. Eso es lo que informamos.

Con esa base, usted y el magistrado Égüez hicieron una recomendación para el enjuiciamiento de Carlos de Mesa.

Nosotros no recomendamos nada, en absoluto. Solo señalamos que se ha cumplido la norma (en el requerimiento del Ministerio Público).

¿Y qué pasó con los memoriales que Carlos de Mesa presentó en su descargo y en los que pedía la nulidad del requerimiento acusatorio? ¿Se los ha analizado? ¿Por qué no se los ha mencionado?

De acuerdo con la norma, eso no procede. En procedimiento, esta fase no conlleva un análisis mayor porque no es todavía un proceso de investigación propiamente dicho, sino es una fase de colección de pruebas para que en el futuro hagan una investigación mucho más profunda. Ahora no es una fase de investigación.

¿Entonces, no se consideraron los memoriales de Carlos de Mesa?

No se los consideró por razones obvias de procedimiento y serán considerados en su oportunidad, en la fase investigativa propiamente dicha.

¿Qué corresponde ahora?

Después del informe de la Sala Penal, la Sala Plena cumplió con el procedimiento para que en la Asamblea Legislativa Plurinacional puedan autorizar su enjuiciamiento.

¿En Sala Plena se puede recomendar el inicio del juicio de responsabilidades?

Tampoco se recomienda nada. Es una fase muy especial de enjuiciamiento a altos mandatarios. (La intervención del Tribunal SJ) es casi administrativa, lo único que hacemos es allanar los procedimientos.

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