Declararon inconstitucional el artículo 11 de la Ley de Identidad de Género que hace referencia a que el cambio de identidad permitirá a la persona ejercer todos los derechos fundamentales, políticos, laborales, civiles, económicos y sociales

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10 de noviembre de 2017, 10:50 AM
10 de noviembre de 2017, 10:50 AM

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró este jueves inconstitucional el parágrafo II del artículo 11 de la Ley de Identidad de Género, referida a los derechos y obligaciones de las personas que opten por el cambio de identidad de género.

El Gobierno aprobó el año pasado la norma mencionada que permite a las personas transexuales y transgénero, mayores de 18 años, cambiar de nombre, género y de imagen en todos los documentos de identificación legal.

La sentencia elaborada por el magistrado Ruddy Flores, y firmada por los siete magistrados, rechaza a que personas del mismo sexo puedan contraer matrimonios, adoptar hijos o ejercer todos los derechos políticos. En cambio declaró constitucional los artículos relacionados con el cambio de nombre, imagen y fotografía.

El diputado Horacio Pope, que junto a otros parlamentarios opositores presentó este recurso de inconstitucionalidad, expresó su satisfacción porque este fallo confirma la integridad familiar conformada por un hombre y una mujer.

"El TCP declara inconstitucional el parágrafo II del artículo 11 de la ley de identidad de género, que daba supuestamente el derecho de contraer matrimonio de personas del mismo sexo de poder adoptar y acceder a ciertos beneficios como a cuotas en instancias de poder”, informó Pope.

Reacción

Las la difusión del fallo emitido por el TCP, en la ciudad de La Paz, la comunidad LGBTI salió a la calle y realizó una protesta en Plaza Murillo, manifestando su rechazo al fallo emitido que cercena derechos a la ley de identidad de género.