De promulgarse el proyecto de ley 287/19, los hijos de los excombatientes se beneficiarán de la exención de impuestos a los inmuebles urbanos

El Deber logo
23 de mayo de 2019, 19:30 PM
23 de mayo de 2019, 19:30 PM

La Comisión de Planificación de la Cámara de Diputados debate el proyecto de Ley 287/19 que ratifica la exención de impuestos a inmuebles urbanos y gravámenes, a los excombatientes de la Guerra del Chaco. El proyecto amplía el beneficio, a los hijos de los veteranos de la guerra librada contra Paraguay (1932-1935).

“Se mantiene y consolida a favor de los beneméritos de la Patria, los artículos 61 y 26 de la ley 843 de Reforma Tributaria, relativas a la exención de impuestos a los inmuebles urbanos y a los gravámenes hasta el monto de cuatro salarios mínimos nacionales, respectivamente, alcanzando estos beneficios a las y los hijos de los beneméritos de la patria”, establece el artículo 1 del mencionado proyecto.

El artículo siguiente, concede adicionalmente a los beneméritos de la Patria, la liberación del impuesto a las sucesiones y a las transmisiones gratuitas de bienes, previsto en la ley 926 del año 1987, cuando ellos sean beneficiarios del hecho o del acto jurídico que da origen a la transmisión de dominio. Esta liberación de impuesto, también alcanza a los hijos de los beneméritos.

Los hijos, inclusive, podrán formar parte de la Confederación Nacional de Excombatientes de la Guerra del Chaco, en calidad de dependientes directos de los beneméritos para que cuiden y protejan esta organización gloriosa”, estimó la diputada del Movimiento Al Socialismo (MAS), Otilia Choque, proyectista de la ley y presidenta de la Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas, de la Cámara Baja.

Con el fin de que los herederos de los excombatientes, protejan los bienes inmuebles que el Estado les dio a los beneméritos hace décadas atrás, éstos van a poder administrarlos, una vez que los bienes inmuebles que funcionaban en los nueve departamentos del país, puedan ser saneados ante Derechos Reales y pasar por un proceso de inventariado y registro, por pate del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado (Senape) en un plazo no mayor a 120 días a partir de la promulgación de la ley.

“No hay ninguna defensa de estos bienes inmuebles. En la actualidad, terceras personas están haciendo y deshaciendo los bienes de los beneméritos, usufructuando de ellos”, manifestó la diputada.

Los últimos datos señalan que en Bolivia existen menos de 23 excombatientes vivos y sus dependientes directos llegan a ser unas 3.000 personas, aunque este último dato será verificado posteriormente a la aprobación de la ley.

El proyecto también dispone que los hijos de los beneméritos de la Patria, podrán tramitar un proyecto de ley consistente en un bono vitalicio a partir de una coordinación directa con el poder ejecutivo del Estado, de acuerdo a la capacidad y disponibilidad financiera.

 

También te puede interesar: