Yapacaní fue motivo de noticias recientemente. En nombre de una supuesta
justicia comunitaria se asesinó a dos personas, con la justificación de que eran
asaltantes de mototaxistas. Quedan en la memoria todas las escalofriantes y
macabras imágenes de Ayo Ayo. Hace apenas unas semanas, una concejal suplente
amenazó a sus supuestos agresores con aplicarles la justicia comunitaria, y, en
el mismo sentido, un dirigente ideológicamente contrario a la concejal también
mencionó que se debería hacer lo mismo para combatir la delincuencia.
Llama la atención que a la justicia comunitaria se la esté tomando como sinónimo
de ‘linchamiento’, supuestamente espontáneo y grupal.
Bien es cierto que el principio de autoridad se encuentra demasiado disminuido.
Son muchos los gobiernos que abiertamente no respetan o hacen respetar –por
‘omisión’– el ordenamiento jurídico, algunas veces con justificaciones más o
menos válidas y otras sin siquiera una justificación, actitud ésta que se ha
contagiado a todas las instancias estatales. Que esta situación haya generado
una especie de anomia durkheimniana y que cada quien pretenda hacer –o imponer–
lo que quiera, es una cosa; pero pretender enarbolar banderas legítimas para
justificar viles crímenes, es otra.
Pretender hacer creer que las comunidades indígenas carecen de conceptos de
equidad, proporcionalidad y humanidad es aberrante. Tampoco son la perfección,
como algunos sostienen, claro que así justifican el financiamiento que reciben.
El manejo del bien o del mal está sujeto a su cotidianidad o materialidad, como
toda comunidad, sea o no indígena, sea de cazadores o agricultores, o como
quienes vivimos en otras tribus de k’arayanas. Específicamente, los indígenas
tienen sus códigos –no escritos por supuesto– mediante los cuales saben qué se
castiga y qué no. Asimismo, tienen sus procedimientos y tribunales que actúan y
observan debidamente.
El sometimiento de un acusado ante el Consejo Comunitario –usualmente los más
viejos– implica necesariamente el reconocimiento de su derecho a la defensa. No
es el asambleísmo el que decide sobre la inocencia o la culpabilidad, sino el
Consejo en presencia de la comunidad. De la misma manera, no es el asambleísmo
el que decide y aplica la pena, sino el Consejo Comunitario.
Los criterios de proporcionalidad y compensación ante la muerte están presentes
tanto en occidente como en oriente. Así, en el ayllu, según Bautista Saavedra,
prima la compensación ante la muerte; quien mató, deberá compensar a la familia
del fallecido por el daño, ya sea con cosas materiales y/o con el trabajo que
dejó de hacer su víctima.
Pretender justificar los crímenes con banderas equivocadas es contribuir a hacer
ver que los indígenas poseen puro instinto o que son crueles y sin normas.