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Santa Cruz de la Sierra - Bolivia, Domingo 07, Marzo de 2004


Defensor del Lector

Luis Ramiro Beltrán
defensor@eldeber.com.bo

Rodolfo Lovo Vargas es inocente

El 4 de febrero La Prensa, en cabecera de página y con titular de cuatro columnas, informó que la Corte Superior del Distrito había condenado a la ex–Alcaldesa de la Paz Gaby Candia a reclusión por la “fraudulenta compra de predios en el cerro Santa Bárbara, en 1997”. Afirmó ese diario que, además, “fueron sentenciados siete implicados en el caso”. Y, como parte de la enumeración de ellos, dijo textualmente lo que sigue: “Rodolfo Lovo Vargas recibió un castigo de cinco años de reclusión”. Esto último era del todo falso. Así se lo comprueba por la lectura del párrafo sexto de la sentencia pronunciada el 3 de febrero con las firmas de 16 magistrados:
“RODOLFO LOVO VARGAS.- De generales de su confesión de Fs. 74425 – 7429, se le ABSUELVE de pena y culpa de los delitos de ASOCIACIÓN DELICTUOSA, FALSEDAD MATERIAL, FALSEDAD IDEOLÓGICA, ESTAFA Y ESTELIONATO, previstos y sancionados por los Arts. 132, 198, 199, 335 y 337 del Código Penal, por existir en la comisión de los mismos solo prueba semiplena, de conformidad al Art. 224 – 1 del Código de Procedimiento Penal antiguo.”
O sea, que habiendo la justicia exculpado del todo a dicho acusado,  el periódico, sin embargo, distorsionó completamente esa realidad al informar que el mismo fue sentenciado a pena de encarcelamiento. ¿Cómo fue posible que ocurriera tal tergiversación en grave perjuicio de un inocente? Eso fue lo que pregunté a mis colegas de La Prensa y daré cuenta aquí de sus respuestas. Pero antes debo referirme a la reacción del damnificado.
Poco después de las 11 de la mañana del jueves  5 de febrero, el señor Lovo se presentó en las oficinas del diario en Villa Fátima para hacer, con pleno derecho, una reclamación oral. No hallando a nadie en la recepción, ingresó algo abruptamente a la oficina de la secretaria de la Dirección, Karina Romero, demandando ser recibido por un periodista. Esta le explicó que, habiendo acabado minutos antes la reunión diaria de ellos, todos habían partido ya hacia el centro de la ciudad en busca de sus fuentes de información y que el Jefe de Redacción había salido inclusive más temprano. Crecientemente exaltado, según la señorita Romero, el visitante pidió entonces entrevistarse con el Director, Juan Cristóbal Soruco, pero ella no le facilitó el acceso al verlo en ese estado de irritación y, ya que La Prensa no tiene un Responsable de Quejas, optó por referirlo al Defensor del Lector, cuyo teléfono y dirección le proporcionó. Protestando en voz alta porque su queja no hubiera sido escuchada por nadie, el señor Lovo se fue muy molesto, no sin razón. Volvió al día siguiente, viernes 6 de febrero, y esta vez sí pudo exponer su reclamación por la falsedad ante el Jefe de Redacción, Marcos Zelaya. No habiendo logrado tomar  luego contacto telefónico conmigo, me escribió el 12 de febrero una carta en la que formalizó su queja “por la información distorsionada transmitida por La Prensa en su edición del miércoles 4 de febrero último, la misma que ha causado daño a mi dignidad... En efecto, según La Prensa, a Rodolfo Lovo Vargas sentenciaron a 5 años de reclusión; sin embargo el suscrito y otros medios de prensa escucharon  atentamente cuando mi persona es absuelta de toda pena y culpa por la sala plena de la Corte de Distrito de La Paz...” Añadió a ello el comentario de que nada había logrado visitando a Zelaya, cuya actitud no estimó correcta.
Recién en su edición del 13 de febrero, tantos como nueve días después de haber publicado la errónea noticia escrita por Susan Velazco, La Prensa dio curso – al final de una página y sólo en medida de una columna – a una breve nota enmendatoria que tituló “Rodolfo Lovo Vargas no fue sentenciado”. Reconociendo  en ella que él fue más bien absuelto, dijo que la noticia que afirmara lo contrario fue producto de una confusión. Pero no la explicó ni ofreció excusas al damnificado. Al contrario, agregó este párrafo que deshizo  con el codo la aclaración hecha con la mano: “Sin embargo, el asesor jurídico de la Alcaldía paceña, Javier Zárate, dijo que el municipio apelaría la decisión. Aseguró que el acusado fue partícipe de la estafa que produjo un daño de 1.600.000 dólares.” Y así, miel sobre buñuelos, la redactora desvirtuó el intento de rectificación nada menos que entrevistando a otra fuente que ¡revirtió al inocente señor Lovo (al que no entrevistó, sólo le telefoneó) a la condición de acusado! En carta complementaria a mí del 14 de febrero, éste expresó  su muy  justificada indignación así: “... La frase ‘Sin embargo’ ... anula la aclaración objeto de la publicación. Esta nueva agresión  no hace más que reforzar mi percepción de que en Bolivia no hay justicia, porque los límites en que se mueven algunos periodistas con la insinuación maliciosa lindan en la calumnia y la injuria al ciudadano.” Uno de los decanos de la defensoría del lector en Latinoamérica, el colombiano Javier Darío Restrepo, aporta esta afirmación explicatoria: “Parece pequeña, pero cuesta introducir la práctica de la rectificación. Reacios a rectificar, periodistas y medios prefieren mimetizar sus errores... antes de llamar a las cosas por su nombre... Un complejo de infalibilidad le impide al periódico tanta franqueza”.
Envié al Director copias de las tres cartas que recibí del reclamante, le informé que estaba en contacto telefónico con él y le pedí averiguar lo ocurrido y darme su reacción. En su respuesta, el señor Soruco admitió el error cometido en la noticia y opinó que la rectificación no había “seguido las normas más aconsejables, al informarse en la misma nota que la Alcaldía apelará dicha sentencia”, pero expresó su certeza de que la redactora “ha comprendido el derecho que le asiste a una persona a que se le pida disculpas cuando un error la afecta”. Unos días después conversé  a la vez con Zelaya y Velazco para ganar comprensión cabal de lo ocurrido. Ambos admitieron también la falla. Él señaló que los periodistas, por diversas razones están siempre expuestos a caer en equivocaciones, pero que lo importante era admitirlas y enmendarlas; por otra parte, afirmó haber atendido debidamente al señor Lovo. Ella deploró mucho lo sucedido y aseguró que ello no fue en modo alguno producto de mala intención de su parte.  Indicó que  en la audiencia en que se pronunció la sentencia un camarógrafo hizo caer grabadores de reporteros, lo que privó a varios, incluyendo a ella, de escuchar la absolución del señor Lovo. Añadió que, al no estar consciente de ésta porque además – falla censurable - no pudo conseguir de inmediato el texto de la sentencia, se atuvo para escribir la noticia – bajo la presión de la hora de cierre – solamente al boletín A9695 de la Agencia de Noticias FIDES correspondiente al 3 de febrero que contiene este párrafo: “A su vez los exfuncionarios de la comuna, Ricardo Almeida Pallares y Rodolfo Lovo Vargas, fueron condenados a cinco años de reclusión”.  Les hice notar que, aunque la falla había sido accidental, ella pudiera haberse evitado si se hubiera obrado rigurosa y no precipitadamente a lo largo de la cadena de procesamiento noticioso desde la reportera, pasando por los editores, hasta la supervisión por el Jefe de Redacción. Al término de nuestro encuentro, Marcos Zelaya anunció que publicarían cuanto antes, una verdadera y justa rectificación. Los felicité por ello y, en efecto cumplieron ese plausible propósito en la edición del jueves 4 de marzo.
Como lo anotara Juan Cristóbal Soruco en su carta a mí “... todos estamos en un proceso de ‘aprendizaje’ sobre nuestras obligaciones respecto a nuestros/as lectores/as”. Eso es muy cierto. Y esta ha sido una lección dura, pero muy útil.


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