MNR logró paralizar
el juicio contra Goni
Presión. En octubre de 2003, la movilización social provocó la renuncia de Sánchez de Lozada. Antes hubo 84 muertes
Leopoldo Vegas R.
Proceso. El Tribunal Constitucional admitió un
recurso favorable al ex ministro de la Presidencia, José G. Justiniano. El
Fiscal General quedó sin competencia para atender el caso. Hay expectativa en el
Congreso
Un Auto Constitucional que admite el recurso de
nulidad que introdujo el senador por el MNR, José Guillermo Justiniano, en
contra del Fiscal General de la República, Óscar Crespo Soliz, dejó en suspenso
el juicio de responsabilidades que debería iniciarse hoy en el Congreso en
contra del ex presidente Gonzalo Sánchez de Lozada y su equipo de colaboradores,
por los hechos ocurridos en octubre del año pasado.
De acuerdo con el Auto Constitucional 086/2004-CA, el Fiscal General quedó sin
competencia para continuar con los requerimientos acusatorios contra las ex
autoridades, a tiempo que exige el envío del expediente sobre el caso de
‘octubre negro’ en 24 horas, una vez conocida oficialmente la resolución del
pasado 9 de febrero. Según Justiniano, que forma parte del proceso, el Fiscal
usurpó funciones legislativas y excluyó del juicio a varios parlamentarios y
dirigentes sindicales que participaron en los sucesos que dejaron más de 84
muertos en La Paz y El Alto.
La admisión del recurso, que se produjo 24 horas antes de que en el Congreso se
inicie la lectura del requerimiento de la Corte Suprema de Justicia, tuvo
diferentes interpretaciones. Mientras el senador y ex ministro de la
Presidencia, José Guillermo Justiniano, dijo que con el Auto Constitucional se
suspende el proceso en el Legislativo, el diputado Jerjes Justiniano, del
Partido Socialista, expresó que las acciones contra Sánchez de Lozada deben
continuar porque el Parlamento se encuentra por encima del Tribunal
Constitucional.
“Esta es una clara maniobra del MNR destinada a suspender el proceso contra
Sánchez de Lozada”, reclamó Jerjes.
La opinión del socialista fue compartida por el jefe de bancada de NFR en
Diputados, Johnny Antezana. Para él, el recurso presentado por el emenerrista es
una estrategia política, pero con recursos legales.
El ex ministro dijo que sólo utilizó su legítimo derecho a la defensa. “No es
una estrategia para detener un proceso, estamos exigiendo que se incluyan a
otras personas que tuvieron responsabilidad por los hechos de octubre”, retrucó.
A su vez, el presidente del Congreso, Hormando Vaca Díez, aseguró que hasta las
17:00 de ayer no había recibido oficialmente la notificación del Tribunal
Constitucional, por tanto se mantenía vigente la lectura del requerimiento de la
Corte Suprema de Justicia. “Una vez conozca el documento, se tomarán las
decisiones”.
La Fiscalía se
querelló contra vocales
A un día de los hechos del denominado “febrero
negro”, el Ministerio Público presentó el recurso de Amparo Constitucional
contra los vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Distrito y
el Tribunal de Justicia Militar, para lograr el procesamiento en la justicia
ordinaria de los cuatro militares que fueron remitidos a la jurisdicción
castrense.
El fiscal adscrito al caso, Milton Mendoza, informó que el recurso cuenta con
argumentos en los que se especifica que los vocales violaron el derecho
constitucional y la igualdad. Además que incurrieron en no permitir un debido
proceso en contra de las víctimas.
Explicó también que la justicia militar incurre en ilegalidades, toda vez existe
un primer fallo de las autoridades castrenses y que ahora fueron cambiados por
otros miembros que integrarán el Tribunal y que sentenciarán a los efectivos
procesados en esa jurisdicción.
Indicó que el Ministerio Público como defensor de la sociedad intenta lograr que
este caso no quede en la “impunidad”, tomando en cuenta que no existen
privilegios para los militares que deben asumir defensa y su responsabilidad en
las instancias competentes.
Mendoza, por otra parte, informó que la Sala Penal Segunda de la instancia
superior de justicia, rechazó un similar recurso presentado por los miembros de
la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia(APDHB) y las víctimas,
pues, los argumentos habrían estado mal fundamentados. /ANF
Auto constitucional
Lo que dice el fallo
La comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, admite el recurso directo
de nulidad interpuesto por José G. Justiniano, demandando la nulidad de los
requerimientos acusatorios del 21 de noviembre de 2003 y 16 de enero de 2004 y
dispone la citación del Fiscal General de la República, Dr Óscar Crespo Soliz,
mediante provisión citatoria, autoridad que deberá remitir los antecedentes
correspondientes de acuerdo con lo establecido por el artículo 83 de la Ley de
Tribunal Constitucional, dentro del plazo de 24 horas y responder al recurso
dentro del plazo de cinco días hábiles, de conformidad al Acuerdo Constitucional
54/2000 de 21 de junio de 2000.
Argumento de la defensa
El Fiscal General ha usurpado funciones legislativas relativas a la definición
de la jurisdicción y competencia, al disponer la separación del juzgamiento de
juicio de responsabilidad de otras personas involucradas en las proposiciones
acusatorias.
Por tanto
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 84 de la Ley de T. C, desde el
momento de su citación queda suspendida la autoridad recurrida en relación al
caso concreto. Estese a lo dispuesto en lo principal, debiendo ponerse en
conocimiento del Congreso Nacional la admisión del presente recurso.
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