Super Tributaria obligada a resolver juicios en tres meses
Instalaciones. La Superintendencia Tributaria atenderá desde hoy en el tercer piso del edificio de la Mutual Guapay
Gina Mendía G.
Proceso. A julio de 2003 existían 1.138 juicios contenciosos y se estima que
suman una deuda fiscal
de Bs 1.000 millones. Los recursos de alzada tienen que evacuarse en forma
violenta hasta el 9 de enero
La Superintendencia Tributaria empieza a funcionar hoy con cinco regionales
en el país, con el principal desafío de resolver en 180 días los juicios que la
justicia ordinaria no logró solucionar en más de una década. A julio de 2003
existían 1.138 juicios contenciosos que suman una deuda fiscal de Bs 1.000
millones, confirmó el Servicio Nacional de Impuestos Internos (SIN).
La Superintendencia Tributaria, de alguna manera contribuirá a recuperar las
deudas del fisco, pero establece con claridad que no cumplirá una función
recaudadora pues no será entidad ‘pro fisco’. No actuará para recaudar ni para
dar la razón al Servicio de Impuestos Internos (SIN) ni al contribuyente,
explicó Jorge Zogbi Nogales, superintendente regional.
En las instancias judiciales posiblemente se ventilan 20.000 juicios ‘trancados’
sin solución, pero la Superintendencia Tributaria sólo resolverá los denominados
‘recursos de alzada’, indicó Zobgi, al destacar que “la resolución de los
problemas tributarios y los superintendentes tienen que ser justos”.
Las oficinas de la Superintendencia Tributaria de Santa Cruz funcionarán en el
tercer piso del edificio de la Mutual Guapay entre las calles Sucre esquina
Murillo. Zogbi dijo que la labor de esta instancia abre la posibilidad de que
todo contribuyente presente sus impugnaciones en contra de alguna resolución
emitida por la administración tributaria.
A través de la Superintendencia Tributaria, el país inicia una nueva era. Sin
embargo, los procesos no se resolverán en forma retroactiva y por lo tanto, los
existentes deben agotarse por esa vía. Habrá una institución especializada para
resolver conflictos entre el sector administrativo y privado. Los recursos de
alzada se resolverán bajo la instancia administrativa, y desde la fecha “deben
evacuarse en forma violenta pero sin ningún tipo de presión por parte del Poder
Ejecutivo para evitar favorecer a algunas partes interesadas para no pagar”,
señaló.
A partir de hoy, toda impugnación será presentada mediante el recurso de alzada
en las oficinas de las Superintendencias Tributarias regionales, y en aquellos
lugares donde no funcione se podrá hacerlo mediante las Intendencias Tributarias
departamentales.
La autoridad indicó que de manera transitoria, en el período comprendido entre
el 4 de noviembre de 2003 y el 2 de enero de 2004 se recepcionaron las
impugnaciones que fueron presentadas ante Notario de Fe Pública, cumpliendo
todos los requisitos. De acuerdo a su explicación, el contribuyente que realizó
este proceso deberá presentar el certificado notarial y los documentos
respectivos foliados y sellados por el notario, en la Super entre el 5 y el 9 de
enero.
Los procedimientos administrativos están normados por el nuevo Código
Tributario.
|