El tristemente famoso inciso II
Juan Javier Zeballos / Periodista
Como muy pocas veces antes, las diferentes organizaciones periodísticas del país se unieron para ejecutar una férrea defensa de la libertad de expresión de los bolivianos, amenazada con ser eliminada si se aprueba, como está, la nueva Constitución Política del Estado (CPE).
La Asociación Nacional de la Prensa (ANP), la Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia (ANPB), la Asociación Boliviana de Radiodifusoras (Asbora), la Asociación de Corresponsales de la Prensa Internacional (ACPI), la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP) y la Confederación Sindical de Trabajadores de la Prensa de Bolivia (Cstpb), consideraron que debían exigir que la futura CPE respete la libre expresión de todos los bolivianos, como lo mandan las leyes universales democráticas.
Anteriores gestiones realizadas ante la presidenta de la Asamblea Constituyente, y cartas enviadas al Vicepresidente de la República y prefectos de los nueve departamentos, advirtiéndoles sobre el riesgo que representaba aprobar el artículo 108 de ese proyecto constitucional, sin modificaciones, era liquidar la libertad de expresión en Bolivia.
Pero el silencio absoluto fue la respuesta a la profunda preocupación que generó esa amenaza, que pende como Espada de Damocles sobre las cabezas de todos los habitantes del país.
El texto del inciso II de ese artículo, que sostiene que toda opinión o información que se emita a través de los medios de comunicación debe respetar los principios de veracidad y responsabilidad, parece hasta saludable. Pero detrás de esa simpática fachada se oculta el horrible rostro de la más brutal de las censuras, no sólo a la prensa, la radio y la televisión, sino, lo que es altamente preocupante, a la sociedad toda, sin excepción o con excepción única de aquéllos que detenten el poder y tengan la facultad suprahumana de calificar si una información o una opinión es falsa o irresponsable.
Dependería del humor del censor supremo decidir qué declaraciones no se ajustan a esos principios. Esta calificación podría ser aplicada a todas las personas, desde los políticos de oposición e incluso los disidentes oficialistas, hasta los profesionales, obreros, científicos, amas de casa, albañiles, deportistas, estudiantes, etc.
El supremo o los supremos calificadores (censores modernos) podrán decir, basados sólo en su subjetivo criterio, que, por ejemplo, la opinión del hincha de fútbol expresada a través de un medio de comunicación social, criticando el juego de la selección de fútbol, es irresponsable o mentirosa y que con ello ha violado la CPE, que establece que las opiniones deben ser responsables y veraces.
El cuestionado inciso puede prestarse para sancionar a cualquier persona que, para evitar una acción judicial en su contra, preferirá estar callada, lo que en otros términos significa estar amordazada. Y eso es lo que se busca con ese articulado. Se quiere que desaparezca la crítica y que los que opinen, lo hagan sólo para elogiar y no para criticar al Gobierno y sus actos. Entonces Bolivia vivirá una panacea: nada estará mal. Todo estará bien. Nadie estará descontento. Todos estarán felices. Y aquellos desubicados que se opongan a este criterio uniforme, deberán ir a la cárcel por mentirosos e irresponsables.