Santa Cruz de la Sierra - Bolivia, Miércoles 25, octubre de 2006
STAFF CONTACTARSE
Portada
Santa Cruz
Seguridad
Nacional
Internacional
Economía
Deportes
Sociales
Escenas
Ediciones Anteriores
Editorial
Opinión
Lectores
Clima

 

 

 

 

 
SECCIÓN
 Lectores
Piscinas populares
Algo que debería hacer la Alcaldía es una piscina popular, para personas que no pueden pagar Bs 70 ó Bs 50 para ingresar a un balneario que tiene fines comerciales. Creo que nuestro río Piraí está muy contaminado y por lo tanto no es apto para bañarse, ni siquiera para tomar sol en la playa. Me preocupa cuando veo en la televisión o en los periódicos a chicos y grandes metidos en esas aguas tan sucias. Las autoridades deben hacer algo al respecto.
Rosa María Fernández Montero C.I. 3852614 SC
La defensa del Comité Cívico
Antes tenía un concepto equivocado del Comité Cívico, pues creía que estaba conformado por un grupo de empresarios que velaba por sus propios intereses, pero ahora, al verlos defender al oriente boliviano con convicción y sin colores políticos, me siento identificado. El Gobierno de Evo Morales muchas veces los ha criticado, eso quiere decir que este ente cívico está imponiendo presencia a escala nacional. Ojalá no me esté equivocando otra vez.
Fernando Monasterio Tellería C.I. 4692851 SC
En respuesta al lector
El ciudadano está respaldado por el Código Civil, Código Penal, Código de Niño, Niña y Adolescente, la misma Constitución Política del Estado y la Ley de Imprenta. El Código Civil determina y garantiza la vida de la persona, en aspectos tales como el respeto al nombre, imagen, fama y privacidad de cada individuo. El Código Penal castiga la propagación de ofensas, injurias, difamaciones y la violación de correspondencia. Se preocupa más de lo material que de lo humano, pero es un respaldo para cualquier ciudadano. El Código Niño, Niña y Adolescente resguarda la integridad de los menores de edad; no se puede mostrar a un niño ni publicar el nombre de éste. A su vez, la Constitución Política del Estado también protege los derechos fundamentales que tiene cada persona. Por último, la Ley de Imprenta señala que se puede investigar lo que hace un personaje público con un bien público, pero no la vida privada de éste. Los que son electos o los funcionarios públicos pueden ser cuestionados ante la sociedad (por ejemplo, si hubo malversación de fondos), pero no su vida privada.
Juan Francisco Flores Abogado
Libertad de prensa
Mis acreedores me atacaron con furia, al verme en la televisión en una fila en procura de un pasaporte. Mis hijos se creen con derecho a emborracharse cuando vieron en un canal a su madre en estado de ebriedad en la fiesta de promociones de su colegio. Mi hija se encuentra acosada por sus amigos cuando éstos la vieron en un canal, con su bikini de lunares amarillos en el río Piraí. Mi hijo fue despedido de su trabajo, cuando su jefe lo vio en un noticiario, marchando con su bandera de protesta. Pero, ni yo, ni mi esposa, hija e hijo dimos permiso para que nos filmen y mucho menos para que difundan nuestras imágenes. Queremos saber si existen leyes que nos protejan y con cuáles iniciar un juicio y ganar algo del dinero que los canales de televisión lo obtienen por publicar nuestros rostros.
Carlos Luis Vera Farfán C.I.1022297 LP