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3 de mayo de 2024, 4:00 AM
3 de mayo de 2024, 4:00 AM

La Sala Constitucional Primera de Cobija, Pando, pretende dejar sin efecto el proceso de selección de candidatos a magistrados del Órgano Judicial Plurinacional (OJP) y el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), al dar curso a una acción popular en contra de ese proceso.

Adicionalmente, no está demás anotar que esta decisión asumida por los vocales Celsa Salazar Rodas y Jorge Luis Sotelo Beltrán, coincide con el interés del Ministro de ¿Justicia? y probablemente del actual primer mandatario, de prorrogar a como dé lugar a los magistrados que cumplieron su gestión el 31 de diciembre del año pasado.

Pero, atando cabos (en mi caso, atando datos publicados), al parecer no se trata de una coincidencia casual. Veamos:

La vocal Celsa Salazar Rodas, que fue candidata a diputada del MAS en las elecciones del 2020, informó que la audiencia de acción popular fue interpuesta por una organización de mujeres de Pando, y que se “concedió la acción de amparo porque se evidenció la falta de consideración en el acceso a estas convocatorias para el tema de las mujeres y del sector indígena, originario y campesino” en el proceso de selección de postulantes al OJP y el TCP. Ahora, agregó, “se dispuso a dejar sin efecto el proceso de selección como la inaplicación de la Ley 1549 (de convocatoria a las elecciones judiciales). Tendrían que nuevamente realizar el proceso de selección; una nueva convocatoria cumpliendo con los parámetros señalados en esta audiencia de amparo popular”.

Pero, en realidad, quien presentó la demanda fue Yeny Dury Bautista, ex diputada suplente del MAS. Y lo hizo, por un lado, sin ser postulante a magistrada y, por otro, a nombre de una candidata inhabilitada de nombre Mineya Lucinda Nacimento, quien denunció desconocer la demanda y que se utilizó su nombre sin su conocimiento.

Hasta ahora las reacciones han sido en contra desde el campo opositor y de silencio en el lado oficialista, salvo uno que otro legislador que han señalado que ya advirtieron que la rapidez en aprobar las normas provocaría otro entrabamiento.

Un aditamento más: a la fecha, en varios distritos judiciales se habrían presentado 12 amparos de parte de postulantes inhabilitados en el proceso de selección de candidatos, exigiendo la revisión de sus casos pero no la suspensión del proceso de selección como pretenden los dos vocales pandinos, que han dado un grave golpe al sistema democrático y el estado de derecho, como señaló el ex presidente Eduardo Rodríguez, pues, infiero, esa decisión implica una injerencia inconstitucional del OJP en el Órgano Legislativo Plurinacional (OLP), que cuenta con la complacencia de las autoridades del Órgano Ejecutivo Plurinacional (OEP), y que puede tener un desenlace peligroso.

Al atar cabos de este caso, encontré que de acuerdo al diccionario la palabra decencia significa 1. Aseo, compostura y adorno correspondiente a cada persona o cosa. 2. Recato, honestidad, modestia. 3. Dignidad en los actos y en las palabras, conforme al estado o calidad de las personas.

En cambio, indecencia significa 1. Falta de decencia o de modestia; y tiene como sinónimos grosería, desvergüenza, obscenidad, impudicia, deshonestidad, procacidad, inmoralidad, impureza. 2. Dicho o hecho vituperable o vergonzoso, con sus sinónimos canallada, jugada, guarrada, cerdada, cochinada.

Lo que se reseña de Pando, que, lamentablemente, no es una excepción en estos 17 años de masismo ni exclusivamente del MAS, me hace temer que estamos viviendo en el reino de la indecencia…


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